Protocolo contra el acoso moral y sexual
ComunicaRSE/Patagonia Ciber FemCajaCanarias se ha convertido en la cuarta entidad de ahorro en la que se asume y desarrolla explícitamente un Protocolo contra el acoso moral y sexual, con el que asume que las actitudes de acoso. de cualquier tipo, suponen "un atentado a la dignidad de los trabajadores, por lo que no permitirá ni tolerará el acoso laboral".
El pasado 2 de agosto entró en vigor la aplicación de este Protocolo contra el Acoso Moral y Sexual en CajaCanarias, acordado por la empresa y las secciones sindicales de CCOO, UGT y Csica. Este documento pone fin a un proceso que ha llevado casi un año y medio de negociación, durante el que se ha ido elaborando la base de definición, actuación y prevención de este asunto en el ámbito de esta empresa.
Según el comunicado difundido a la plantilla por la propia Dirección de Recursos Humanos, "la salvaguardia de la dignidad, el derecho a la integridad moral y a la no discriminación aparecen garantizados en la Constitución Española, la normativa de la Unión Europea, en el Estatuto de los Trabajadores, así como en el Convenio Colectivo de Cajas de Ahorro".
En virtud de estos derechos, en CajaCanarias "queda expresamente prohibida cualquier acción o conducta de esta naturaleza, siendo considerada como falta laboral y comprometiéndose la entidad a hacer uso de sus poderes directivo y disciplinario para proteger del acoso a la plantilla".
Este hecho "contribuirá de facto a consolidar políticas de igualdad y no discriminación en la plantilla de la entidad, al tiempo que propiciará la concienciación colectiva para con este problema, lo que constituye uno de los aspectos en los que se debe fundamentar una auténtica política de responsabilidad social empresarial".
Tras Caja España en 2004 y Caja Granada y El Monte en 2005, CajaCanarias es la cuarta entidad de ahorro en la que se asume y desarrolla explícitamente el mandato de los artículos 12 y 80 del Convenio Colectivo.
En este sentido, la sección sindical de CCOO en la entidad se felicita por el logro conseguido e invita a todos los compañeros a seguir con la tarea de consolidar posiciones progresistas de defensa de los derechos sociales y laborales de todos los trabajadores.
El Protocolo, paso a paso
En este nuevo Protocolo se define el acoso moral como la situación en la que un empleado o grupo de empleados "ejercen una violencia psicológica extrema, abusiva e injusta de forma sistemática y recurrente, durante un tiempo prolongado, sobre otro empleado o empleados en el lugar de trabajo, con la finalidad de destruir las redes de comunicación de la víctima, destruir su reputación, minar su autoestima, perturbar el ejercicio de sus labores, degradar deliberadamente sus condiciones de trabajo, y lograr que finalmente abandone su puesto, produciendo un daño progresivo y continuo a su dignidad".
Además, el documento define los tipos de acoso moral, y las medidas preventivas, como la comunicación a la plantilla, la responsabilidad compartida y la encomienda especial a directores y mandos para vigilar estas situaciones, así como el desarrollo de programa formativos en la empresa.
También se define el acoso sexual y los procedimiento de actuación, que debe ser "ágil y rápido, otorgándole credibilidad, garantizándose la protección del derecho a la intimidad y confidencialidad de las personas afectadas y la no explicación repetida de los hechos por parte del acosado, salvo que sea estrictamente necesario".
Asimismo, "se protegerá la seguridad y la salud de la víctima, para lo que las partes firmantes acuerdan la creación de la figura de dos 'asesores confidenciales', cuya misión será la de canalizar las quejas y denuncias que por acoso, en cualquiera de sus manifestaciones, se produzcan, actuando con el trabajador, o en su lugar, con autorización expresa de éste, para tratar de llegar a una solución del conflicto".
Estos asesores serán designados, uno por las Secciones Sindicales existentes en la Caja y que tengan representación en alguno de los comités de empresa o mediante delegados de personal, y el otro por la propia Caja.
Se crea además una Comisión de Seguimiento de situaciones de acoso en el trabajo, que estará formada por un representante de cada Sección Sindical con presencia en alguno de los comités de empresa, un representante de la Caja, que será el director de Recursos Humanos o persona en quién delegue, y los dos asesores facultados.
Como disposición final, se especifica que el contenido del Protocolo "es de obligado cumplimiento", entrando en vigor a partir de su comunicación a la plantilla a través de los medios existentes en CajaCanarias, manteniéndose vigente en tanto que la normativa legal o convencional no obligue a su adecuación o que la experiencia indique su necesario ajuste.
(Europa Press)
Agosto de 2006
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