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sábado, agosto 31, 2013

FENTASE: PARO CIVICO POPULAR PARA EL 26 DE SETIEMBRE 2013


Compañeros/as: En la época de los 90s el gobierno dictatorial fujimontesinista, en el marco de la silenciosa penetración del neoliberalismo en nuestro país y la embustera modernización del estado, se implementaron políticas agresivas de privatización de las empresas publicas, el achicamiento del estado despidiendo masivamente a miles de trabajadores, sumergiendo en la más absoluta miseria a muchos peruanos, agudizando la pobreza y la pobreza extrema y sin duda la feroz persecución sindical como política estado, trayendo consigo la deserción de muchos dirigentes y la extinción de los sindicatos en el ámbito nacional. Ese oscuro escenario es al que no queremos volver y tenemos que defendernos unidos por las experiencias amargas vividas. Hoy, nos encontramos en un escenario, ante un gobierno de corte castrense que no cuenta con la solidez ni el respaldo de un partido político y que el apoyo del pueblo y de los trabajadores ya los perdió, por haber asumido la defensa a ultranza de los intereses de los grupos de poder económico y aplicar verticalmente las políticas dirigidas por el FMI y el Banco Mundial de Desarrollo. Los gobiernos de turno, han inyectado cada uno en su momento un poco de las recetas que les tocaba en relación a la reforma del Estado, como en el caso de Toledo con la Ley Marco del Empleo Público; Alan García en el marco de la firma del tratado de Libre Comercio promulgó, los Decretos Legislativos 1023, 1024, 1025, 1026 y 1057 y hoy el régimen de turno en julio promulgó la nefasta ley del servicio civil, por la que los estatales dimos una dura batalla pero que lamentablemente la traición de algunos congresistas no permitió archivarla en su momento. Para enfrentar la agresión del gobierno, sigue siendo necesaria la centralización del movimiento sindical agrupados en las centrales estatales, conjuntamente con nuestra CGTP, por ello es que continuamos en la lucha. La asamblea nacional de delegado de la CGTP del 10 e agosto del presente, acordó el PARO CIVICO POPULAR para el 26 de setiembre, en la que todos y todas las/os trabajadores/as estatales y las organizaciones, sociales y populares estaremos presentes para serle frente a este gobierno traidor. ¡Viva la lucha de los Estatales! ….. ¡Viva la lucha social y popular! ….. ¡Viva la Fentase!. COMITE EJECUTIVO NACIONAL CEN - FENTASE

domingo, agosto 11, 2013

¿CUAL ES EL ROL DE FAMILIA DE PUESTOS EN LA LEY DE SERVICIO CIVIL?


Estimados/as Compañeros /as: Tenemos un análisis presentado por la Compañera Evelyn Cavero, acerca del Rol de Familia de Puestos en la Ley del Servicio Civil, esperamos sus comentarios para poder esclarecer más acerca de esta ley inaudita que contraviene a todos los derechos adquiridos por los trabajadores, aquí una "perla" más sobre esta indignante ley.... y acuèrdense que es necesaria la capacitación para poder responder, con Uds. la compañera Cavero: ¿CUAL ES EL ROL DE FAMILIA DE PUESTOS EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL? Estimados compañeros y compañeras, la siguiente es una reflexión a partir de la lectura de la propia ley y de la Cadena de Valor definida en la Política de Modernización de la Gestión Pública y los Ejes de Política en la cual se articulan los sistemas funcionales y administrativos, a partir de ello, necesitados solicitar a SERVIR se sirva aclarar los vacios existentes. El Dictamen de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la Republica, en el ítem III Análisis, 3.2 Proyecto de Ley del Servicio Civil, 3.2.5 Estructura del Nuevo Servicio Civil, señala que “…al agrupar los puestos en relación a propósito, funciones, características similares, tenemos familias de puestos, las cuales están directamente vinculados a los procesos requeridos para una finalidad especifica de la Entidad…”. Terminado el párrafo, presentan un gráfico en barras titulado Niveles Familias de Puestos, en el cual en cada barra se ha titulado de la siguiente manera: - Financieros – 4 niveles - Administración – 5 niveles - Reguladores – 12 niveles - Diseñadores de políticas – 4 niveles - TIC – 4 niveles - Implementadores de servicios – 5 niveles Ahora bien, la Ley N° 30057 Ley del Servicio Civil en su Art. 3° Definiciones, señala: Puestos: Conjunto de funciones y responsabilidades que corresponden a una posición dentro de una entidad, así como requisitos para su adecuado ejercicio. Se encuentra descrito en los instrumentos de gestión de la entidad. Familia de Puestos: Conjunto de Puestos con funciones, características y propósitos similares. Cada familia de puestos se organiza en niveles de menor a mayor grado de complejidad de funciones y responsabilidades. En el Titulo IV hace referencia a LOS GRUPOS DE SERVIDORES CIVILES DEL SERVICIO CIVIL, donde se menciona, en resumen, que existen los siguientes grupos: - FUNCIONARIOS PUBLICOS: • Funcionarios Públicos por elección popular, directa y universal. • Funcionarios Públicos de designación o remoción regulada: CNM, Ministerio Público, Defensoría del Pueblo etc. • Funcionarios Públicos de libre designación o remoción: Son de confianza, hasta Secretarios Generales, Gerente General en Gbnos. Regionales y Gerente Municipal - DIRECTIVOS PUBLICOS Ingreso por concurso, con periodo de prueba entre 3 y 6 meses, contrato por 3 años renovables hasta en 2 oportunidades. Renovación en base a evaluación anual de cumplimiento de metas institucionales. - SERVIDORES CIVILES DE CARRERA Cumplimiento de funciones sustantivas y de administración interna. Ingresa por concurso público abierto (cualquier ciudadano y servidor público) y transversal (que ya estén en la administración pública). - SERVIDORES DE CONFIANZA No más del 5% de puestos previstos en la entidad y no menor de 2 ni mayor de 50. SERVIR y la misma Ley hace hincapié que esta norma se implementará a través del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y las diversas oficinas de Recursos Humanos de la administración pública. ¿Las metas institucionales, las necesidades de recursos, no solo financieros, sino humanos, entre otros, se definen en las áreas de recursos humanos? No es acaso que han empezado por el último eslabón? Las metas institucionales, relacionadas a productos, resultados intermedios, resultados finales, objetivos de política en función al beneficio del ciudadano, se definen en las Áreas de Planeamiento y el diseño de procesos y recursos necesarios se definen en las áreas de Racionalización, adscritas a Planeamiento. ¿Entonces, cómo es que las oficinas de recursos humanos van a definir los perfiles, funciones sino tienen claro cuáles son las metas y objetivos institucionales? Pero no solo eso. Si aún como país, no definimos objetivos de política, con indicadores, metas, líneas de base que implementen los sistemas funcionales, ¿Cómo es que vamos a definir las metas institucionales? Entonces, hablar de Familias de Puestos, caracterización, valorización, perfiles y concursos con puestos nuevos, es algo incierto, si antes no se definen objetivos de política, ordenamiento de la rectoría de los sistemas funcionales, para definir metas institucionales. Finalmente, la Ley menciona que se implementará en un plazo máximo de 6 años, señalando en sus DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS – TERCERA: PROCESO DE TRANSICION DE LAS ENTIDADES AL REGIMEN CIVIL, los siguientes pasos a seguir: - Análisis situacional con mapeo actual de los puestos, análisis de los servicios a prestar y carga de trabajo - Propuesta de reorganización, simplificación de procesos, definición de perfiles, cantidad de puestos en coordinación con SERVIR - Valorización de los puestos en coordinación con SERVIR y el MEF Creo que los pasos a seguir van mucho más allá que una reorganización interna con un mapeo y propuesta de puestos. Las metas institucionales no son aisladas ni garantizan resultados por si mismas dentro de una sola institución, sino a través de intervenciones del Estado desde diversos ámbitos, en una simultaneidad, una transversalización, coordinación, alineamiento y articulación en los diferentes niveles de gobierno. Mientras no se ordenen estos aspectos, seguiremos con intervenciones aisladas que no generan los resultados e impactos necesarios. Si los recursos humanos del Estado no están dentro de esa dinámica, por mejores cuadros que se tengan, no será suficiente sin puestos que funcionen en una cadena de valor y garanticen la provisión de bienes y servicios que generen resultados e impactos en beneficio del ciudadano. Como se apreciará la Ley del Servicio Civil contiene meros parches por aquí y por allá sin una articulación debida que eche a andar la maquinaria del Estado de manera sincronizada para mejores resultados e impacto en el ciudadano y la sociedad. Necesitamos como servidores públicos una explicación “técnica” del Gobierno y de SERVIR, de lo contrario solo se habrá ingresado a una reforma del empleo público para garantizar la politización de la administración pública a través de los servidores de confianza, el despido masivo de servidores públicos y la profundización de la flexibilización y tercerización laboral y el genocidio del Trabajo Decente. Atentamente, Evelin Cavero Contreras Responsable Dpto de la Mujer Trabajadora CGTP Secretaria de la Mujer FENTASE Secretaria Regional FENTASE APURIMAC