Boletín virtual
informativo
SUTREL
EL COMICIO ELECCIONARIO PARA RENOVAR LA JUNTA
DIRECTIVA DEL SUTREL SE REALIZO LOS DIAS VIERNES 23 Y
SABADO 24 DE JUNIO, SIENDO ELEGIDO COMO SECRETARIO
GENERAL EL C. ANDRES PIZARRO SOLANO TRABAJADOR DE LA
EMPRESA LUZ DEL SUR, QUIEN DURANTE EL PERIODO DEL 2006-
AL 2008 TENDRA LA RESPONSABILIDAD DE ENCABEZAR LA
LUCHA POR CONSEGUIR LOS OBJETIVOS DE LA INSTITUCIÓN.
LA RESTITUCION DE LOS DERECHOS DESPOJADOS A
LOS TRABAJADORES DE CAMPERU DEBEN DE SER
REPARADOS EN EL ACTO.
“ Declararon IMPROCEDENTE el recurso de casación
interpuesto a fojas ochocientos veinticuatro por CAM Perú
Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada contra la
sentencia de vista de fojas setecientos sesenta y uno su
fecha quince de diciembre del dos mil cuatro;
CONDENARON al recurrente el pago de una multa de Tres
Unidades de Referencia Procesal, así también al pago de las
costas y costos originados por la tramitación del presente
recurso; en los seguidos por el Sindicato Unificado de
Trabajadores de la Electricidad y Actividades Conexas de
Lima y Callao – SUTREL; ORDENARON la publicación de la
presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” por
sentar precedente de observancia obligatoria en el modo y
forma previsto en la ley; y los devolvieron.”
En consecuencia EXIGIMOS lo siguiente:
• Que en cumplimiento del Auto Directoral Nº 07-2006-
MTPE/2/12.2 del Ministerio de Trabajo, INICIE EL TRATO
DIRECTO con la Comisión Negociadora del SUTREL, para
solucionar el Pliego de Reclamos con vigencia 1ro de enero al
31 de diciembre del 2005.
Que en mérito a la Ejecutoria de la Corte Suprema comentada líneas
arriba, cumpla de inmediato, en reconocer a la Sección Sindical del
SUTREL en CAM – PERU; reconocer la representación de sus
Dirigentes y Delegados y atender las demandas planteadas por los
trabajadores y que están siendo injustamente postergadas.
INSPECCIONES REALIZADAS
A pesar de la escasez de inspectores y sus limitaciones en el encargo y
la oposición de la empresa CAM - Perú a la realización de las diversas
inspecciones solicitadas como, de seguridad en el sector de despacho en
la Colonial, la empresa se vio obligada corregir nuestras observaciones
quedando pendiente el cambio de los tanques de eternit. ¿CUÁNDO?
SOLUCIONAN ESTE CASO PENDIENTE...
ASAMBLEA ESTATUTARIA
El día 18 de Mayo La junta directiva cumpliendo el acuerdo asumido por
la asamblea de delegado del 4 de Febrero convocó a una asamblea
general estatutaria ACORDÁNDOSE POR MAYORIA ABSOLUTA
• La reforma parcial de los Estatutos, en lo que corresponde al
Capítulo 1 artículo 1; el artículo 19º incisos 19.1, 19.2; y el
artículo 41º, así como las concordancias que implican estas
modificatorias.
• Asimismo se encarga a la Junta Directiva, con la inclusión del c.
Luis Gutiérrez Urcia, la Comisión de Modificación de Estatutos,
para que estudie, elabore y presente a la próxima Asamblea
General, la modificación final y acabada del nuevo Estatuto.
• La magna asamblea General, eligió al Comité Electoral,
nominando a los compañeros:
Humberto Ochoa Gamarra por la Sección Sindical Luz del Sur,
Franklin López Pichén por la Sección Sindical EDELNOR
César Ugarte Castro por la Sección Sindical CAM-Perú.
Finalmente, la asamblea general hizo suya las tareas como son:
• Fortalecer la confianza de los trabajadores en la organización
sindical
• Realizar reuniones permanentes con las bases con información
clara y oportuna
• Promover la afiliación de nuevos trabajadores y trabajadoras para
fortalecer el sindicato
MOVILIDAD USO INTENSIVO
De acuerdo a lo avanzado respecto al juicio por movilidad de uso
intensivo hacemos de conocimiento a los compañeros que en su
momento gozaron del beneficio de la Movilidad de uso intensivo y que
aun no iniciaron juicio, que existe unas ampliatorias para poder iniciar
el reclamo y que todo viene resultando favorable, los invitamos a que
retomen la vía judicial para lograr los reintegros.
ACTIVIDAD DEL 1ERO DE MAYO
Nuestra organización sindical conjuntamente con el sindicato hermano
SUTEECEA, realizamos en forma conjunta el 1ro. de Mayo la celebración
del “Día Internacional de los Trabajadores”, consientes y seguros que
seguiremos luchando juntos por mantener las conquistas sociales, en el
camino de construir un sindicalismo solidario y unido que responda a los
intereses y problemas de los trabajadores y continuemos en la pugna por
la transformación democrática de la sociedad.
REPOSICIÓN DE NUESTRO COMPAÑERO LUIS DEL RIO
Nuestra Organización Sindical señala su protesta, extrañeza y rechazo al
fallo último, dado por la Corte Suprema, la que forzadamente vicia lo
avanzado en la reposición de nuestro c. Ex Secretario General, los días
07 de Abril y 31 de mayo se llevaron a cabo Vistas de la Causa en la
3ra. Sala Laboral Especializada de Lima, notándose claramente en los
escritos de la Empresa su mal trato verbal, su forma socarrona y
prepotencia en el lenguaje utilizado en el trato con los representantes del
Poder Judicial al insinuar que sus abogados les dan lecciones
procesales, además de la intención de mantener su interpretación en
contra de la reposición de nuestro compañero. Esperamos confiados que
pese a todo, se imponga la verdad y el respeto al Estado de Derecho con
la reposición de nuestro compañero dirigente.
TRABAJO EN SOBRE TIEMPO
El tema del trabajo en sobre tiempo estaba solo regulado por el Decreto
Supremo Nº007-2002-TR, (publicado en el Peruano el 04/07/2002) que
aprueba el Texto Único Ordenado del D. L. Nº854 (que fue modificado
por la Ley Nº27671); Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en
sobre tiempo en adelante el TUO.
El trabajo en sobre tiempo es por definición y necesariamente voluntario
tanto para los trabajadores como para el empleador, es decir no se
puede exigir al empleador otorgarlo ni al trabajador prestarlo. El sobre
tiempo puede ocurrir antes de la hora de ingreso o después de la hora de
salida establecida.
Si el trabajador expresa su voluntad de no prestar labores en sobre
tiempo y aún así es obligado a laborar se configura una situación de
trabajo forzoso. Por lo tanto:
1. Si el trabajador demuestra que le fue impuesto este trabajo, el
empleador deberá indemnizarlo con el pago del 100% del valor de
la hora extra.
2. Si el inspector constata que al trabajador le fue impuesto el trabajo
en sobre tiempo, deberá dejar constancia de la comisión de una
infracción tercer grado e imponer la sanción correspondiente.
3. Podría haberse configurado el delito de Coacción Laboral tipificado
en el artículo 168º del Código Penal.
Adicionalmente existen DOS consecuencias importantes; La primera que
es factible cambiar el pago en efectivo de las horas extras por descanso,
pero SOLAMENTE POR CONVENIO Y ACEPTACION ESCRITA DEL
TRABAJADOR. La segunda, que existe la posibilidad de horas extras
OBLIGATORIAS, solo para los casos de EMERGENCIAS, DESASTRES
y otras situaciones con esas características y deben ser pagadas por el
empleador en efectivo a no ser que el INCIDENTE que las genere cree
una situación de crisis que no permita el pago, debiendo canjearse por
descanso físico equivalente.
TRABAJO EN DÍAS FERIADOS
El Decreto Legislativo Nº713 (en adelante La ley), sobre descansos
remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la
actividad privada, regula los aspectos relacionados con el trabajo en días
feriados.
Según la ley el trabajador tiene derecho como mínimo a 24 horas
consecutivas de descanso en cada semana, el que se otorgará
preferentemente en día domingo.
Según la ley son feriados no laborables de goce obligatorio son:
- Año Nuevo (01 de enero)
- Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)
- Día Internacional de los Trabajadores (01 de mayo)
- San Pedro y San Pablo (29 de junio)
- Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)
- Santa Rosa de Lima (30 de agosto)
- Combate de Angamos (8 de octubre)
- Todos los Santos (01 de noviembre)
- Inmaculada Concepción (08 de diciembre)
- Navidad del Señor (25 de diciembre).
Los trabajadores tienen el derecho a no asistir a laborar a su centro de
trabajo, el día feriado, sin que ello implique falta injustificada. Sin
embargo es posible que trabajador y empleador acuerden
voluntariamente sustituir la fecha que corresponda gozar el descanso
físico de los feriados no laborables por otra fecha con carácter
sustitutorio. El empleador no puede imponer el trabajo en días feriados,
con excepción del personal de turnos rotativos.
El trabajo efectuado en los días feriados no laborables sin descanso
sustitutorio dará lugar al pago de la retribución correspondiente por la
labor efectuada, con una sobretasa de 100% o lo que indique el
Convenio Colectivo de ser más favorable al trabajador.
UTILIDADES EDELNOR AÑOS 1994 A 1999
Como es de conocimiento de todos, esta Demanda de Utilidades estaba
para sentencia en el mes de marzo, este reclamo no podrá darse en el
tiempo que se había calculado al haber presentado el abogado de la
empresa un recurso para que se tome en cuenta las resoluciones dadas
por la SUNAT, por lo que el Sr. Juez, ha procedido a solicitar el
respectivo informe y de esta manera pueda tener el magistrado mayor
fundamento respecto a los cálculos a realizar sobre los reintegros que le
correspondería a cada trabajador. Asimismo venimos insistiendo y
HEMOS CUMPLIDO CON ACLARAR A LA SUNAT SOBRE LOS
ACUERDOS TRIBUTARIOS ENTRE EL ESTADO Y LAS EMPRESAS
QUE NO TIENEN QUE TENER IMPLICACIAS SOBRE EL JUICIO QUE
SEGUIMOS.
JORNADA DE PROTESTA NACIONAL POR LA VIOLACION A LOS
DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS TRABAJADORES
El día Viernes 24 de Marzo nuestra Organización Sindical realizó
conjuntamente con la Federación de Luz y Fuerza, una Jornada de
Protesta por la Violación a los Derechos Fundamentales tales como, la
Libertad Sindical, la Negociación Colectiva y la Discriminación Salarial
convencidos que sin luchas no hay victorias. Asimismo ponemos en
conocimiento de los afiliados que el día 17 de Mayo emprendimos una
nueva manifestación de protesta por la rebeldía al acatamiento de
los mandatos de la autoridad administrativa de trabajo por parte de
la compañía Americana de Multiservicios CAM-PERU
LIBRE DESAFILIACIÓN DELAS AFPS
Nuestra Organización Sindical conjuntamente con otros sindicatos,
se encuentra inmersa en la campaña por la aprobación de la Ley
para la libre desafiliación de las AFPs y a la vez, por la aprobación
de la ley general de trabajo y no descansaremos hasta lograr este
justo cometido. La lucha por defender nuestros aportes
previsionales y derechos fundamentales es permanente. ¡NO AL
CAUTIVERIO ABUSIVO!
CAPACITACION EN OFFICE
El día 06 de Mayo iniciamos con el avanzado curso de EXCEL Y
POWER POINT, nuestra institución de esta forma viene cumpliendo con
el “Plan de Acción” de la Junta Directiva en lo que respecta a la
capacitación que se viene dando gracias al apoyo de organizaciones
como el Centro de Asesoría Laboral – CEDAL, PLADES ,CGTP.
Nuestro Sindicato continuará propiciando la capacitación en forma
gratuita de esta interesante herramienta que es dirigida para los
dirigentes, afiliados, familiares y amigos de nuestra institución.
El día 10 de Junio emprendimos con Cedal otro curso de Excel Y Pawer
Point que durara aproximadamente 5 semanas.
CAPACITACION
La CGTP y Plades en forma conjunta llevaron adelante un curso integral
de defensa en el local de Conafovicer los días 29,30,31 de Marzo y 01 de
Abril, con esta capacitación se logro actualizar y preparar a los nuevos
cuadros sindicales nacionales. Así también esta instancia nos permite
realizar consultas puntuales que son atendidas oportunamente.
NINGUNO de nuestros afiliados pudo asistir por falta de facilidades de
las Empresas y falta de comunicación de su tiempo de uso personal, por
eso es necesario, en vista de que las empresas NO QUIEREN
comunicarlo, que los interesados a la asistencia de los cursos nos
informen su tiempo de goce de descanso física vacacional y la
posibilidad de dedicar un tiempo la para capacitación.
REPRESENTANTES QUE CONFORMAN EL OBSERVATORIO DE
EMPRESAS MULTINACIONALES ESPAÑOLAS SE REUNIERON:
Se reunieron en Lima – Perú Representantes de los sindicatos de las
principales inversiones españolas en Latino América; esta reunión a
servido para lograr consolidar su unidad con los sindicato de la matriz y a
la vez, propiciar y discutir las estrategias a seguir en el presente y futuro
sobre el monitoreo a las multinacionales en esta inversión.
El VI ENCUENTRO DEL COMITÉ CORDINADOR DE EMPRESAS
MULTINACIONALES SE SOLIDARIZAN CON EL SUTREL
Luego de tomar conocimiento de las graves denuncias realizadas por el
sindicato SUTREL, respecto a que la Compañía Americana de
Multiservicios CAM - PERU S.R.L., de inversión mayoritariamente
española, no reconoce a la Organización Sindical ni permite la
Negociación Colectiva, las organizaciones presentes se solidarizaron y
presentaron un Memorial a las Autoridades del medio exigiendo se
pronuncien ante los graves atropellos que esta empresa comete en
nuestro País, es preciso señalar que hemos recibido múltiples muestras
de solidaridad internacional sobre este caso.
NORMAS MAQUILLADAS ¡NO!
QUEREMOS LEY DE TRABAJO ¡AHORA!
Estamos plenamente convencidos que las normas que se dieron durante
este gobierno de Alejandro Toledo M, solo a servido como maquillaje a
las que se dictaron durante el gobierno de facto de Fujimori, y para dar
margen a la expectativa de los trabajadores, finalmente como podemos
constatar no han habido cambios trascendentes. Lo que sí hubiese sido
de gran envergadura y favorable de alguna manera a los trabajadores,
hubiese sido la aprobación de la ley de trabajo, porque persigue
centralizar de alguna manera en una sola la legislación y resultaría un
gran paso, porque las modificaciones que se dieron de la 25593 por la
27912 fueron por 14 de aceptadas de las 16 observaciones de la OIT y
se acogieron mas por la presión de los trabajadores y los organismos
internacionales, por este motivo es que necesitamos fortalecer a los
sindicatos, solo de esta manera se exigirán mayores avances. SE
NECESITA TÚ AFILIACIÓN.
ROBAN EN LA OFICINA DE NUESTRO ASESOR LABORAL
El día jueves 6 del presente manos extrañas violentaron la puerta de la
oficina de nuestro asesor laboral Dr. Miguel Cuty para sustraer sus
pertenencias y material de asesoría este robo es investigado por la
policía nacional, dicho suceso ocurrió mientras el día anterior nuestro
abogado estuvo reunido con la comisión de defensa de nuestra directiva
para ver el caso álgido respecto a los cambios de horario en la empresa
Luz del Sur.
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