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sábado, octubre 06, 2012

CREDITO SUPLEMENTARIO DE LA LEY N°29874 QUE IMPLEMENTA ESCALA BASE DEL INCENTIVO LABORAL A TRAVES DE LOS CAFAES


ESTIMADOS COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS: ¡AUTORIZAN CRÉDITO SUPLEMENTARIO PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY Nº 29874, QUE IMPLEMENTA ESCALA BASE PARA EL OTORGAMIENTO DEL INCENTIVO LABORAL QUE SE DA A TRAVÉS DE LOS CAFAES, A DIVERSAS ENTIDADES PUBLICAS QUE HAN CUMPLIDO CON APROBAR E INFORMAR AL MINISTERIO DE ECONOMÍA SU ESCALA APROBADA MEDIANTE ACTO RESOLUTIVO! Mediante Decreto Supremo Nº 195-2012-EF, publicado en el Diario El Peruano, en su edición de este Sábado, 29 de Setiembre-2012, el Gobierno autorizó un Crédito Suplementario para la aplicación de la Ley Nº 29874, Ley que implementa medidas destinadas a fijar una Escala Base para el otorgamiento del incentivo laboral que se efectiviza a los servidores administrativos comprendidos en el Decreto Legislativo Nº 276, a través de los CAFAES, a favor de diversas entidades públicas (pliegos), que han cumplido con aprobar e informar al Ministerio de Economía su nueva Escala aprobada mediante acto resolutivo, encontrándose entre los principales beneficiarios un gran numero de universidades del país, ministerio de defensa, el instituto nacional penitenciario. No figura ningún Gobierno Regional ni entidades del sector educación, por lo que es responsabilidad de los dirigentes de base, exigir a las Unidades Ejecutoras que elaboren la Escala Transitoria y Escala Base e informe al Pliego presupuestario para que estas eleven el informe al MEF y se apruebe la transferencia de partida presupuestaria. Compañero(a) es nuestra responsabilidad y de los trabajadores que esperan el incremento previo cumplimiento de las normas legales y el trabajo en común que realicemos....

martes, julio 10, 2012

CGTP JORNADA NACIONAL DE LUCHA 12 DE JULIO 2012

FENTASE: JORNADA DE LUCHA NACIONAL - 12 DE JULIO 2
Compañeros/as:


Les envío la Convocatoria para la Jornada Nacional de Lucha del 12 de julio de 2012. Esta se hace reiterando la exigencia al cumplimiento de las promesas electorales por el gobierno de turno. Incluimos la plataforma de lucha. Estimados compañeros,sabemos bien claro que: "Sin Luchas No Hay Victorias". Demostremos nuestra fuerza y unidad popular en esta jornada nacional de Lucha.


Asimismo también les recordamos que el SÁBADO 14 de este mes se realiza La CONVENCIÓN UNITARIA REGIÓN LIMA METROPOLITANA,en las Instalaciones del ISTP. "JOSÉ PARDO" sito: Av. Grau Nº 620 La Victoria. lima - perú. a horas: 09:00 am. evento en el que participaran los Secretarios é Delegados, acreditados de las bases. No falten.


Atentamente,


CEN FENTASE

sábado, junio 09, 2012

ANALISIS DE LA LEY Nª 29874 - LEY QUE IMPLEMENTA Y FIJA ESCALA BASE PARA LOS INCENTIVOS LABORALES

Aprobacion Ley 29874 LEY QUE IMPLEMENTA MEDIDAS DESTINADAS A FIJAR UNA ESCALA BASE PARA EL OTORGAMIENTO DEL INCENTIVO LABORAL QUE SE OTORGA A TRAVES DE LOS COMITES DE ADMINISTRACION DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTIMULO -CAFAE

ESTIMADOS COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS

El día de ayer DOMINGO 03 DE MAYO FUE PUBLICADA EN EL PERUANO LA LEY 29874, LEY QUE IMPLEMENTA MEDIDAS DESTINADAS A FIJAR UNA ESCALA BASE PARA EL OTORGAMIENTO DEL INCENTIVO LABORAL QUE SE OTORGA A TRAVES DE LOS COMITES DE ADMINISTRACION DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTIMULO ( CAFAE).;
SI BIEN ES CIERTO QUE ES EL PRIMER PELDAÑO PARA LOGRAR LA EQUIDAD SALARIAL, ES CIERTO TAMBIEN QUE ES UNA NORMA LESIVA A NUESTROS DERECHOS REMUNERATIVOS; POR ELLO ES NECESARIO DARLE PRIORIDAD A LA MEDIDA DE FUERZA ACORDADA PARA EL 13 Y 14 DE JUNIO COMO ESTRATEGIA DE PRESION SOCIAL PARA FIJAR LA ESCALA BASE EN 550 NUEVOS SOLES Y LA APROBACION DE MAYORES PRESUPUESTOS PARA EL AÑO FISCAL 2013.
EL CEN YA ESTA PREPARANDO LAS ORIENTACIONES QUE SE ADOPTARAN PARA QUE LOS/LAS COMPAÑEROS/AS DELEGADOS/AS Y/O DIRECTIVOS/AS DE LOS SUB CAFAES ASUMAN PARA FIJAR LA ESCALA TRANSITORIA, PUES SON ELLOS CONJUNTAMENTE QUE LAS AUTORIDADES DE LOS PLIEGOS PRESUPUESTALES LOS RESPONSABLES DE DICHA ACCION; PERO PARA ELLO SERA NECESARIO VISIBILIZAR LAS ENTREGAS ECONOMICAS (VIATICOS, ALIMENTOS, CANASTAS, ETC,) QUE SE DAN A NIVEL DE SEDES REGIONALES Y UGELS PUES ESOS MONTOS DEBERAN INGRESAR A LOS SUB CAFAES
SINDICALEMNTE
Evelin Cavero ContrerasFENTASE APURIMACCEN FENTASE





FENTASE PARO 48 HORAS - 13 Y 14 DE JUNIO 2012

FENTASE PARO DE 48 HORAS 13 Y 14 DE JUNIO

sábado, febrero 04, 2012

MINISTRA AMENAZA NO RESPETAR A GREMIO MAYORITARIO DE LA FENTASE

COMUNICADO

El Comité Ejecutivo Nacional – CEN FENTASE, hace extensivo su saludo fraterno y sindical a todos los sindicatos bases y afiliados en general a nivel nacional y a la vez también para expresarles lo siguiente:

1. Que, existe la inminente amenaza por parte de la Ministra de Educación, de NO RESPETAR nuestra condición de gremio sindical mayoritario de los trabajadores administrativos del Sector Educación a nivel nacional.
2. Que, ante este atropello a nuestra condición de “Gremio Mayoritario” probada documentadamente a las autoridades del MED y por la defensa de nuestros derechos e interés reconocidos, es necesario enviar a consulta a todas las bases a nivel nacional la toma de acciones de lucha entre ellas “PARO PREVENTIVO DE 24 HORAS”, fecha que el Comité Ejecutivo Nacional determinará en la reunión este sábado 04 de Febrero 2012 y con la probabilidad de iniciar la Huelga Nacional indefinida en el supuesto de materializarse la agresión expresada.
En ese sentido, el CEN-FENTASE, desde este momento alerta a todas las bases a nivel nacional a mantenerse vigilantes a todas las disposiciones que se implementen orientadas por la defensa de nuestra condición de gremio mayoritario.
¡EL PAN QUE NO SE LUCHA, SE COME CON VERGÜENZA!
¡SOLO LA UNIDAD NOS CONDUCE A LA VICTORIA!

Lima, 02 de Febrero del 2012



COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
CEN-FENTASE

martes, septiembre 06, 2011

LOS SINDICATOS MÁS NECESARIOS QUE NUNCA

SALUD 72 CLASISTA LOS SINDICATOS, MÁS NECESARIOS QUE NUNCA Juan Torres López La implantación de las políticas neoliberales desde hace ahora casi justo treinta años ha estado vinculada muy directamente con la continua disminución del poder sindical y se ha basado en gran medida en provocar la máxima desconfianza de los trabajadores hacia los sindicatos. En las dictaduras que sirvieron como campo de experimentación para las políticas liberales se recurrió para ello a la pura eliminación física de miles de sindicalistas. Una práctica, por cierto, que aún no ha desaparecido: en 2008 fueron asesinados 76 sindicalistas en todo el mundo y 49 de ellos sólo en Colombia a manos de paramilitares de extrema derecha o fuerzas del Estado que han asesinado a 2500 en los últimos 20 años. La revolución conservadora de Reagan y Tatcher se enfrentó sin contemplaciones con los sindicatos pero su estrategia demasiado contundente estuvo a punto de producir un peligroso efecto rebote contra la propia patronal. Así, y al igual que la retórica revolucionaria en política económica se reconvirtió más tarde en el más tecnocratizado y neutro "ajuste estructural", el enfrentamiento directo con los sindicatos se sustituyó por una forma más suave y sibilina de socavar su influencia y su poder de negociación. En lugar de combatirlos fieramente, en primer lugar se puso a su disposición una parte pequeña en términos relativos pero sustancialmente grandes de recursos materiales y financieros procedentes del sector público (lo que de paso también permitía fortalecer a las organizaciones patronales). Con ellos se ha generado y alimentado en muchos países una burocracia sindical más preocupada de gestionar la provisión de bienes y servicios (turísticos, inmobiliarios, financieros,...) y de auto reproducirse que de movilizar a los trabajadores en defensa de sus intereses. Entre otras cosas, porque la "paz social" y la desmovilización es el precio explícito que hay que pagar para que se sigan sosteniendo las organizaciones que, al amparo de esta "generosa" política gubernamental, se han convertido en empresas tan costosas que no pueden autofinanciarse con las solas cotizaciones de sus afiliados. En segundo lugar, se han ido estableciendo paralelamente regímenes cada vez más descentralizados de negociación y de establecimiento de las condiciones laborales. Bien de modo directo, en muchos casos y como aspira a conseguir la patronal española, o indirecto a través de la flexibilización, de la expansión del empleo temporal, de la desarticulación y desmembramiento de las grandes empresas y, por supuesto, de la disminución de la capacidad de resistencia de los trabajadores gracias a las políticas deflacionistas que han generado deliberadamente el desempleo que desarma y desmoviliza a los trabajadores. Finalmente, el debilitamiento de los sindicatos ha sido la inevitable consecuencia de la cultura del individualismo que ha promovido el neoliberalismo, de la material destrucción de lazos e infraestructuras para la interrelación y el encuentro social, y de una bien estudiada estrategia comunicativa orientada a difundir constantemente la idea de que las organizaciones sindicales son simplemente estructuras corruptas, inútiles, que solo defienden a sus afiliados (como si eso, por cierto, fuese malo), y dominadas por dictadores y haraganes de las que deben huir los trabajadores que de verdad quieran conseguir mejores condiciones de trabajo. Esta continua presión de los poderes para dificultar la actuación de los sindicatos en defensa de los trabajadores y para desnaturalizar su función ha tenido éxito: muchos líderes y sindicalistas se han derechizado al amparo de los privilegios que tienen a su alcance y la desconfianza fundada o no que se ha generado ha dado lugar a una casi general disminución en las tasas de afiliación sindical en los últimos años. En España este proceso ha sido quizá más agudo. Principalmente, como consecuencia de la debilidad intrínseca de un sindicalismo que provenía de la dictadura y del contexto más difícil en que han debido actuar los sindicatos cuando la consolidación de los derechos sociales que ha traído la democracia y el retardado Estado del Bienestar han estado constantemente amenazados y limitados por el impacto de las políticas neoliberales que al mismo tiempo se han aplicado. La consecuencia ha sido que nuestra tasa de afiliación (15%) es de las más bajas de la OCDE (detrás de la de Estados Unidos y Francia, aunque por razones y en condiciones muy distintas) y que haya bajado en más de diez puntos desde el inicio de la democracia. Y no creo que se pueda considerar como un simple fruto de la casualidad que nuestra baja afiliación sindical (y la más alta afiliación de las empresas españolas a las organizaciones patronales, 72%) haya ido paralela en estos últimos años con una peor evolución del empleo (más precario), del paro (más numeroso), de los salarios reales (más bajos) o del mayor número de trabajadores pobres. El sentido común más elemental indica que cuanto más poder de negociación tienen los sindicatos y más trabajadores afiliados haya, mejores serán las condiciones de trabajo que podrán conseguirse. Si no fuera así, no se entendería el constante combate que los empleadores y la patronal mantienen con las organizaciones sindicales, el descrédito que permanentemente tratan de sembrar y las dificultades de todo tipo que las empresas más poderosas imponen para impedir que sus trabajadores se afilien a los sindicatos. Si los sindicatos no fueran en realidad un arma fundamental para que los trabajadores defiendan mejor sus posiciones frente a la patronal, las dictaduras al servicios de los grandes capitales no perseguirían a los sindicalistas, ni prohibirían la actividad sindical, y las patronales de nuestras democracias pedirían que se favoreciera la presencia de todos los sindicatos en sus empresas, la extensión de la negociación colectiva, o la mayor afiliación posible,... es decir, justamente lo contrario de lo que hacen. Pero no sólo lo dice el sentido común. Las investigaciones científicas (que lógicamente no gozan de gran audiencia en los medios que controlan la patronal y las grandes empresas) muestran claramente que el conjunto de los trabajadores disfruta de mejores condiciones laborales y de mayores ingresos allí donde hay negociación colectiva de la mano de los sindicatos. Y que donde no la hay, los trabajadores sindicados reciben indemnizaciones más elevadas que los que no pertenecen a sindicatos, o disfrutan de más derechos laborales como vacaciones o asistencia sanitaria pagada por la empresa. Como también se ha demostrado que la menor tasa de afiliación sindical y el menor poder de negociación de las organizaciones sindicales ha contribuido al aumento de la desigualdad y de brecha sindical que se ha producido en los últimos años. Incluso un informe sobre relaciones industriales de la Comisión Europea de este mismo año estimaba que un incremento del 10% de la tasa de sindicación reduce las desigualdades salariales un 2% y que un incremento del 10% en la cobertura de las negociaciones colectivas conlleva una bajada del 0,5% de la pobreza en el trabajo. No hay duda. Las patronales y sus representantes saben perfectamente lo que significa que en un país haya sindicatos fuertes, libres e independientes y por eso los debilitan, los condicionan y los hacen dependientes del dinero público. Cuando eso se consigue, la reacción de una gran parte de la izquierda y de millones de trabajadores es el desafecto hacia las organizaciones sindicales "entregadas", produciéndose así un círculo vicioso dramático que solo concluye con el deterioro progresivo de las condiciones laborales. La existencia de sindicatos fuertes y comprometidos con los intereses de los trabajadores es hoy día es más trascendental que nunca. Y por eso es tan importante apoyarlos. En lugar de limitarse a lamentar las consecuencias que haya podido tener su rendición o impotencia ante las estrategias neoliberales lo inteligente sería evitarlas, empoderarlos y darles la fuerza que les permita hacerse fuertes frente a una patronal que se fortalece continuamente pero que es cada vez más irracional y egoísta.

jueves, julio 07, 2011

Procedimientos para la ejecución de la Ley Nº 29702-Ley que dispone el pago del D.S. Nº 037-94

PROCEDIMIENTOS PARA LA EJECUCION DE LA LEY 29702 LEY QUE DISPONE EL PAGO DE LA BONIFICACIÓN DISPUESTO POR EL DECRETO DE URGENCIA 037-94, DE ACUERDO A LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y SIN LA EXIGENCIA DE SENTENCIA JUDICIAL Y MENOS EN CALIDAD DE COSA JUZGADA
I. DISPOSITIVOS LEGALES QUE ANTECEDEN A LA PRESENTE LEY Y QUE SE DAN TENIENDO COMO REQUISITO LAS SENTENCIAS JUDICIALES EN CALIDAD DE COSA JUZGADA
DECRETO DE URGENCIA Nº 051-2007 publicado el 30.12.2007: Crea el "Fondo D.U.037-94" destinado al pago de deudas por concepto del beneficio establecido según Decreto de Urgencia 037-1994.
DECRETO SUPREMO Nº 012-2008-EF publicado el 27.01.2008: Establece procedimientos para acceder al pago, requisitos para los afectados, documentos que deben sustentar las entidades pagadoras, control y conformidad del depósito. El Art. 4º, sin expresarlo textualmente y validando un formato anexo al mismo DS. 012-2008-EF, precisa que los beneficiarios deberán contar con expediente previo, cuyo procedimiento se haya agotado hasta tener "sentencia judicial con carácter de cosa juzgada emitida por el órgano judicial competente"; para mayor seguridad, el Titular del Pliego Presupuestario debe emitir una Resolución de Reconocimiento de Deuda. El Art. 6º pone el caramelo y dice que se pagará a los beneficiarios en el plazo de 30 días útiles sobre 30 días calendarios previos y necesarios para que las entidades públicas cumplan con remitir la formal información y documentación solicitada. En lenguaje claro, sería así: Del 28.01.08 al 26.02.08, todas las entidades públicas deudoras, deberán remitir al MEF, la documentación solicitada. Del 27.02.08 se contará 30 días "útiles", que vencen el 10.04.08, fecha tras la cual, los trabajadores activos y jubilados podrán acercarse a la ventanilla de pago y comprobar que por fin les han cancelado la deuda.
Si bien, en la información remitida por cada entidad pública, debe indicarse, la suma acumulada que adeudan hasta el 31.12.2007 en forma personalizada; el Art. 3º, se guarda un detalle expresado en forma oscura y dice: "El monto materia de abono será por una suma equivalente al porcentaje que representa el aporte al Fondo DU Nº 037-94 con relación al monto pendiente de pago al 31 de Diciembre de 2007". Traducción:
DECRETO SUPREMO Nº 034-2008-EF publicado el 02.03.2008: Dispone alargar los plazos señalados anteriormente. Por tanto, el plazo para que remitan documentación las entidades públicas al MEF, se extiende hasta el 10.03.08. Mientras que el plazo para efectuar los pagos se postergan hasta el 23.04.08.
DECRETO SUPREMO Nº 058-2008-EF publicado el 23.04.08: Modifica y complementa los decretos anteriores, estableciendo: A).- mayores plazos: 60 días útiles para que las entidades públicas remitan la información a MEF. Tras este vencimiento, se contará otros 60 días útiles, para proceder al pago de la bonificación. Traducción: El plazo para las entidades públicas vence el 17.07.08; paralelamente se extiende el plazo para efectuar los pagos, hasta el 14.10.08.
A su vez, el Art. 9º autoriza al MEF para aprobar un nuevo "Formato de Personal Beneficiario del DU Nº 037-94". Obviamente, se anula el formato aprobado por DS 012-08-EF; consecuentemente se anulan todos los formatos ya presentados a la fecha y en trámite ante el MEF. Vale decir, "borrón y cuenta nueva", presenten su información de acuerdo al nuevo formato.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 291-2008-EF/43 publicada el 26.04.08: Aprueba el nuevo "Formato de Personal Beneficiario del DU Nº 037-94". Si comparamos el nuevo formato con el anterior, han abierto columnas para indicar montos por CARGAS SOCIALES y descuentos judiciales (a favor de la ONP, ESSALUD, etc.) Otra diferencia está en que además de las firmas de los funcionarios públicos que asumen responsabilidad por lo declarado, según el primer formato, debe agregarse un visto bueno por parte de la Oficina de Asesoría Jurídica y del órgano de Control Institucional.
DECRETO SUPREMO Nº 151-2008-EF publicado el 10.12.08: Autoriza transferencia de 12´728,380.00 destinados al pago de CARGAS SOCIALES Y DESCUENTOS JUDICIALES. Lo que significa que antes de pagar a los afectados, primero se ha cuantificado los descuentos que corresponde hacerles por concepto de aportaciones a la ONP, ESSALUD, etc.
LEY Nº 29289 - LEY DE PRESUPUESTO 2009 publicada el 11.12.08: En su DÉCIMA QUINTA disposición, autoriza al MEF
a transferir CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 000 000,00) de la Reserva de Contingencia destinada al "Fondo D.U. Nº 037-94". De los intereses generados por el "Fondo DU Nº 037- 94" se atenderá la deuda derivada de retenciones y cargas sociales. El MEF transferirá los recursos de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General de Sistema Nacional de Presupuesto, a pedido de la Oficina General de Administración del MEF. Mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas se emitirá, en caso necesario, las normas complementarias y reglamentarias para la mejor aplicación de la presente disposición.
LEY 29465 LEY DEL PRESUPUESTO PUBLICO 2010 QUINTA DISPOSICION FINAL- Autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 135 000 000,00) de la reserva de contingencia destinada al “Fondo DU Nº 037-94”, creado mediante Decreto de Urgencia Nº 051-2007.
LEY 29626 LEY DEL PRESUPUESTO PÚBLICO 2011 Autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) de la reserva de contingencia destinada al “Fondo DU Nº 037-94”.
II. QUE DEBEMOS HACER AHORA EN EL CONTEXTO DE LA LEY 29702?
Es preciso señalar que la presente ley es para aquellos compañeros y compañeras que no cuentan con sentencia judicial y que no ganan ni la continua ni el devengado de la bonificación dispuesta por el D.U. 037-94
PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTINUA
1. Solicitar a la UGEL o UNIDAD EJECUTORA o Dirección Regional de Educación el universo de trabajadores y trabajadoras que no ganan la continua ni devengado de la bonificación del D.U. 037-94 (PEA).

2. Solicitar se realice el calculo por trabajador del monto de la continua que debe percibir, teniendo en cuenta:
a) La Escala dispuesta por el D.U. 037-94
b) Los tres incrementos del 16% que se han dado a lo largo de los años (desde el año 94 a la fecha) y que están refrendados por Decretos Supremos

3. Una vez obtenida la cuantificación nominativa de la continua (monto a ganar por persona), debe ser reconocida con una Resolución Directoral de la UGEL o Unidad Ejecutora o DRE y refrendada con una Resolución Ejecutiva Regional

4. La Unidad Ejecutora o UGEL o DRE debe solicitar al Pliego Presupuestal (Gobierno Regional para regiones del interior del país y Ministerio de Educación para el caso de Lima) consignar en la formulación presupuestal para el año 2012 a través de una demanda adicional el monto que se requiere para el pago de la continua, para ello deberá adjuntar la Resolución Directoral que reconoce el monto total por trabajador conforme los dispone la Ley 29702 que textualmente dice…. El Ministerio de Economía y Finanzas establece las previsiones presupuestales a fin de atender lo dispuesto en la presente Ley para el Ejercicio Fiscal 2012.

OJO Es urgente iniciar con este procedimiento por que la formulación del presupuesto se da en este mes

PARA EL CASO DE LAS UGELs DE LIMA cuyo pliego es el Ministerio de Educación se requiere de manera urgente insertar en el TRATO DIRECTO para la identificación del universo de trabajadores que no perciben la 037 y solicitar su cuantificación (esto lo debe realizar el Ministerio de Educacion)
PROCEDIMIENTOS PARA EL DEVENGADO
5. Se repiten los pasos 1, 2 y 3 con el agregado de que en los cálculos de los devengados se tiene que tomar en cuenta y sumar los intereses legales (seria bueno que un perito contable lo realice)
6. Los devengados también tienen que estar reconocidos por Resolución Directoral de la UGEL o Unidad Ejecutora y refrendada con una Resolución Ejecutiva Regional del pliego presupuestal (gobierno Regional) tomando en cuenta los formatos de personal señalados en la RESOLUCION MINISTERIAL Nº 291-2008-EF/43

7. La Resolución Ejecutiva Regional que reconoce los devengados mas los intereses legales deberá a través de la Oficina de Administración del Gobierno Regional ser elevada al Ministerio de Economía y Finanzas para que se les pueda considerar como beneficiarios del fondo social de la 037 en la ley del Presupuesto Publico del año 2012

COMPAÑEROS QUE TIENEN SENTENCIA Y QUE NO GANAN LA CONTINUA NI EL DEVENGADO
1. Igual compañeros se debe realizar el trámite descrito para que se consigne en la formulación presupuestal para el año 2012 con el añadido de que se cuenta con sentencia judicial
2. Para este año se debe solicitar una nota modificatoria para que de bienes y servicios (6% del presupuesto) se transfiera a la genérica 2.5 Sentencias judiciales de tal manera que vamos anticipando algo de pago; este tramite a petición nuestra la Unidad Ejecutora deberá solicitar al pliego presupuestal la autorización correspondiente a través de una ampliación del PCA.

Ojo. Para no confundirnos quienes estén en esta casuística por favor comunicarse para poder describir de manera detallada el tramite que deben realizar

Un saludo a todos y todas
Evelin Cavero Contreras
Secretaria General
FENTASE APURIMAC



LA SIGUIENTE CANCION DEDICADA A MI ESPOSO JUAN:

jueves, marzo 04, 2010

HISTORIA DE LA FENTASE

ANTECEDENTES HISTÓRICOS
Setiembre mes Primaveral y florecimiento del movimiento sindical en el Sector Educación. Duros momentos de la dictadura de Morales Bermúdez que los trabajadores tuvimos que afrontar, habiendo pasado ya por la Revolución Velazquista de 1978, años en que los trabajadores/as del Ministerio de Educación enclavado en el Parque Universitario, organizaban la primera gran protesta frente a ese enorme edificio. Primer PARO en toda la historia del Ministerio de Educación y por supuesto, teniendo al frente la represión del General Guabloche, Ministro del Sector, produciéndose como consecuencia los despidos y traslados arbitrarios de la mayoría de los dirigentes de la ANTADE (Asociación), sindicados como el malestar del gigante verde (otrora Ministerio de Educación), hoy edificio rojo y sede del Poder Judicial. Los 80s, serían años decisivos para la conformación de la Federación Nacional y de esta manera el ANTADE, pasó a constituirse en el Sindicato de la Sede Central el - SITME.SC , y consiguientemente la conformación simultánea de sindicatos en todas la Direcciones Departamentales y Zonales del País.

El SITME-SC y la Coordinadora de Sindicatos de Educación, dentro de sus acciones prioritarias se propuso organizar, El Primer Encuentro Nacional de Sindicatos de Trabajadores Administrativos del Sector Educación, convocando a 26 Organizaciones Sindicales del país, en representación de los trabajadores de todas las instancias administrativas del sector, constituyéndose como primer paso la Comisión Organizadora del “Primer Congreso Nacional” que se realizó en Lima, del 30 de Agosto al 02 Setiembre de 1984, para dar nacimiento a la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR EDUCACION – FENTASE. Instituyéndose desde entonces a la fecha, Dos (02) Asambleas Nacionales Ordinarias al año y un Congreso Nacional cada dos años, como instrumentos orgánicos y democráticos para la solides institucional.
Desde su origen, nuestra Federación se constituyó como una organización de un frente unitario, que rechaza la inequidad y la discriminación en todas sus formas, lidiando permanentemente por un sindicalismo clasista en defensa de los derechos de los trabajadores del sector y de la centralización del movimiento sindical, para lograr una mejor calidad de vida. Las grandes Jornadas De Lucha de los 80s contra el gobierno Acciopopulista y Alanista, establecieron nuestra firme posición de gremio representativo a nivel nacional en el sector educación.
La dictadura de los 90s, del Fuji-montesinismo arremetió con violencia contra nuestra joven organización sindical, desalojándola impulsivamente de su local del Ex Ministerio de Educación frente al parque Universitario. No solamente se implementaron acciones represivas como el desalojo, sino que, se ha impulsado y patrocinado organizaciones paralelas, con la finalidad de debilitar el movimiento sindical y específicamente a nuestra gloriosa FENTASE.
Pasada la época dictatorial, con la llegada del Toledismo y el régimen aprista gobiernos abiertamente denominados administradores de los grandes intereses económicos de los grupos de poder del país, quienes implementaron dispositivos legales inconstitucionales criminalizando la protesta, restringiendo el derecho de huelga. Nuestra organización emprendió su reacomodo orgánico, librando acciones dignas de lucha y como las huelgas del 2003, 2006, 2007 y 2008, para reivindicar y restablecer el poder adquisitivo de los/as trabajadores/as venida a menos desde hace más de 2 décadas.
¡SIN LUCHAS NO HAY VICTORIAS¡
COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
CEN-FENTASE

viernes, abril 03, 2009

ESCUELA NACIONAL DE LA FENTASE - FEBRERO 2009

Los días 24, 25 y 26 de Febrero, en el Local del CAFAE SE en Lima, tuvo la realización del II Taller del año 2009 de la Escuela Nacional de la FENTASE; este Taller estuvó dirigido para los Formadores de nuestras diferentes bases de Lima Metropolitana, con una asistencia de 30 participantes entre varones y mujeres por igual; los temas tratados fueron sobre Gestión Educativa, Escuela Liberadora, Politicas de la Escuela entre otros.
Proximamente se realizará un Taller con las Formadoras a Nivel Nacional para completar los Modulos de Formación para los Formadores. Debemos de comunicar que el I Taller de este año, se realizó en la hermosa Ciudad de Tarapoto, con el mismo éxito en Lima.

A continuación algunos comentarios de algunos/as de nuestros/as compañeros /as de nuestras diferentes Bases de Lima:

¿Que aspectos le han parecido positivos en el Taller:

Jorge Barboza:
Las ponencias audiovisuales, los trabajos grupales, todas los expositores /as.

Gudelia Pisconte:
La buena conducción que ha habido para el trabajo y las exposiciones.

María Gutiérrez:
La capacitación de formación de nuevos líderes.

Ana María Pino
La exposición de los formadores, su método de enseñanza.

Juana Quelopana:
El de iniciar la escuela sindical y la participación de las bases.


Josefa Chirinos:
Los talleres en grupo y la participación de todos los /as integrantes.

lunes, marzo 23, 2009

DIRECTIVA 02 - CEN FENTASE / 2009 : ACUERDOS DE CHINCHA





DIRECTIVA Nº 02-CEN-FENTASE – 2009

ACUERDO NACIONAL DE LA I ASAMBLEA NACIONAL DE DELEGADOS Y ESTATUTARIO - CHINCHA -2009

I. FINALIDAD:

Dar a conocer a todas las bases a nivel nacional afiliadas a nuestra gloriosa FENTASE, las conclusiones y acuerdos de la I Asamblea Nacional de Delegados, realizados los días 05,06 y 07 de febrero del 2009 realizado en la Localidad de Chincha.

II. OBJETIVO:

Disponer la implementación y cumplimiento inmediato por todas las bases y las instancias de coordinación los acuerdos de la I Asamblea Nacional Estatuaria y realizar las informaciones a todos los agremiados y su amplia difusión.

III. ALCANCES:

· A todo el Comité Ejecutivo Nacional.
· A todas las Fentases Regionales.
· A todos los Sindicatos bases
· A todos los Agremiados.

IV. ASPECTOS GENERALES DEL EVENTO:

En cumplimiento del Estatuto de la FENTASE y los acuerdos de la I Asamblea Nacional de Delegados realizado en la Localidad de Chincha los días 05, 06 y 07 de febrero del 2009, este trascendental evento orgánico y participativo de todas las bases del país los trabajadores administrativos del Sector Educación organizadamente representado por sus sindicatos bases, contó con 285 delegados con 93 Sindicatos bases expresando contundentemente el éxito de participación y representatividad de nuestra gloriosa Federación y ratificando también su condición de organización nacional mayoritaria de los trabajadores administrativos del sector educación.

Este importante avance orgánico, que viene alcanzando nuestra organización en estos últimos años, se ve claramente en la composición y la representatividad de nuestro evento. La afiliación de nuevos bases en todo el país especialmente en la Ciudad de Lima. La FENTASE ha ratificado su condición de organización representativa de los trabajadores administrativos del Sector Educación desde las Sedes Administrativas, Institutos Superiores, Bellas Artes, Biblioteca Nacional, Instituciones Educativas, etc; por que se ve claramente que nuestra Federación viene trabajando por unificación sindical.
La FENTASE y sus Sindicatos Bases a Nivel Nacional en un autentico acto democrático que significo la I Asamblea Nacional de Delegados 2009 llevado a cabo en la Localidad de Chincha, ratifico la organización que lucha por la conquista de las reivindicaciones económicas, laborales y defensa de la estabilidad claro está y demostrado que nuestra Huelga Histórico de 59 días de lucha donde se ratifico y se logró el incremento de los S/. 100.00 nuevo soles, la verdad lucha es consecuencia y no pretextos ni vacilaición.

V. ACUERDOS:

Luego de un amplio debate en las comisiones de trabajo que conformaron de acuerdo la temario de la Asamblea, luego del debate en el plenario lo documentos presentados por las comisiones fueron aprobados los acuerdos de cada grupo de trabajo y mociones presentados, siendo estos los siguientes y el plenario.

· Conformación de la comisión Estatutaria de la FENTASE.
· Realizar la próxima VI Congreso Estatutaria en la Ciudad de Lima.
· Dar facultad al CEN de la FENTASE para la afiliación de nuevos sindicatos bases.
· Ejecutar el plan orgánico y nacional de la FENTASE.
· Hacer llegar con firmas el planillon sobre la inconstitucionalidad de las leyes 1023, 1024,1025 y 1057 dentro de los 15 días.
· El comité Ejecutivo Nacional de la FENTASE canalizara y hará seguimiento a las denuncias presentadas por la las bases emitiendo un documento de conclusiones, recomendaciones y resoluciones de ser el caso.


COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
Chincha, Febrero del 2009

sábado, febrero 07, 2009

FENTASE: INTERPONE RECURSO DE AGRAVIO CONSTITUCIONAL CORTE SUPREMA

FENTASE INTERPONE RECURSO DE AGRAVIO CONSTITUCIONAL CONTRA LA RESOLUCION DE FECHA 19-11-2008, LA CORTE SUPREMA CONCEDE EL RECURSO DE AGRAVIO CONSTITUCIONAL ELEVANDO LOS AUTOS AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.