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martes, noviembre 04, 2014

FENDUP: PRONUNCIAMIENTO A LA OPINIÓN PÚBLICA


Queridos Señores Profesores de la Universidad Villarrealina, Universidad Emblemática en la Capital del Perú, la FENDUP ha querido aunarse a ustedes por esa lucha férrea de cada uno de ustedes contra los Rectores Corruptos y los Políticos Corruptos que manipulan las Universidades y muchos de estos políticos las usan como sus cajas chicas de campaña. La FENDUP máximo órgano gremial de la Docencia Universitaria Peruana, tiene como lema "POR UNA UNIVERSIDAD SIN CORRUPCIÓN", en enero del presente año EL PLENO DE DELEGADOS DE LA UNIVERSIDAD PERUANA así lo ACORDÓ, y no vamos a desmayar, no tenemos horario de trabajo para luchar en contra de este flagelo. Felicitamos a los colegas Alicia Jiménez Hermosa, Jorge Vereau, Manuel Arana y otros colegas más que conocemos de su trabajo, su honestidad, su transparencia, su lealtad y su identificación como grandes maestros y estaremos al lado de ellos, y de los colegas que lo acompañan. A nuestros queridos Estudiantes Villarrealinos que luchen por la justicia, la transparencia y la democracia. Saludos. Secretaria de FENDUP. PRONUNCIAMIENTO EXIGIMOS EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY UNIVERSITARIA N° 30220 Al Presidente de la República, al Ministro de Educación, al Ministro de Economía, a la Comisión Organizadora del SUNEDU, al Presidente del Congreso de la República, a la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, al Procurador de Leyes del Congreso de la República, a la comunidad universitaria y al pueblo peruano; El Comité Ejecutivo Nacional de la Federación Nacional de Docentes Universitarios del Perú CEN - FENDUP, Presidido por Nelson Octavio Sifuentes Justiniano, máxima representación gremial de la docencia universitaria pública del país, se dirige a la comunidad universitaria y a la ciudadanía en general, para expresar lo siguiente: Habiendo transcurrido 113 días desde la promulgación de la Ley Universitaria N° 30220 por parte del Poder Ejecutivo, la FENDUP ha venido monitoreando la adecuación e implementación de esta nueva ley en las universidades públicas y el panorama es el siguiente: I. De las 32 universidades públicas institucionalizadas, actualmente 29 han conformado el Comité Electoral Universitario Transitorio y Autónomo (CEUTA), las 3 restantes no han conformado su CEUTA por ser universidades jóvenes con pocos profesores en las categorías de principales y asociados (caso de las universidades UNAM-Moquegua, UNAMAD-Madre de Dios y UNAMBA-Abancay). En algunas universidades las autoridades de turno en su desesperación de quedarse en el poder han cesado a docentes mayores de 70 años con el fin de conformar y manipular su propio CEUTA generando caos, desorden, como es el caso de la UNPRG-Lambayeque en donde docentes opuestos a la corrupta gestión del Rector, de acuerdo a ley conformaron el CEUTA con profesores más antiguos en sus categorías (cesados), hoy reincorporados por mandato judicial (cautelares); este acto ha devenido en la convocatoria de dos Asambleas Estatutarias y la aprobación de 2 Estatutos. Caso similar sucedió en la UNP-Piura y últimamente el Rector APRISTA José María Viaña Pérez (quién pedía CESE POR CAUSAL LÍMITE DE EDAD según Of. N° 321-2003-R-UNFV a su amigo y compañero Francisco Delgado de la Flor B. Pdte. de la ANR) de la UNFV – Lima, y este Rector Abusivo retiene los cheques de la Asociación de docentes más de un año, igualmente el Rector Podrido de Agustín Ramos García retiene los cheques hace 08 meses a la gloriosa FEDURG-Lambayeque, afectando al gremio y sus proveedores, y dejándolos sin Canasta Navideña a los profesores, ya ha sido denunciado por apropiación ilícita ante el Ministerio Público de Lambayeque a cargo del Fiscal Jorge L. Rojas Cruz y quién No formalizo denuncia, pero será quejado ante la JUNTA DE FISCALES. II. En muchas otras universidades como UNMSM, UNI, UNT-Tumbes, UNJBG-Tacna, las autoridades de turno han manoseado la independencia o autonomía del CEUTA condicionando la aprobación de su reglamento y el cronograma de elecciones de la Asamblea Estatutaria intentando alargar los periodos estipulados en la ley con el fin de perpetuarse en el poder, caso muy sui géneris lo sucedido en la UNMSM(Lima) y en la UNSAAC (Cusco) cuyas autoridades de turno aducen que por falta de presupuesto (s/. 10000 mensual para cada integrante) el CEUTA no ha implementado la adecuación de la ley universitaria, sin haberse llevado a cabo la elección de la Asamblea Estatutaria y en otras universidades se están produciendo la renuncia de los integrantes del CEUTA, siendo ellos profesores a fines a las autoridades de turno con el único propósito de dilatar el proceso de adecuación de los nuevos gobiernos universitarios. En suma podemos decir que el 50% de CEUTAs tienen en su conformación a profesores mayores de 70 años y más de la mitad (17) de universidades tienen Asambleas Estatutarias constituidas. III. Por otro lado es necesario mencionar que el Rector de la UNPRG con su falsa asamblea estatutaria ha elaborado su “estatuto” y lo más escandaloso es que ha aprobado un cronograma de elecciones de nuevas autoridades entre agosto y setiembre de 2017, que coincide con el fin de su mandato. Es decir interpretan la ley con la única intención de perpetuarse en el poder para lograr beneficios personales y tapar los altos niveles de corrupción de su gestión y la gestión anterior. Parece ser que este mal ejemplo va a ser copiado en el resto de universidades tal como es la estrategia de la Ex-ANR, de allí la creación de la llamada ASUP (Asociación de Universidades del Perú), el nuevo “Club de amigos de los rectores” CON EL RECTOR APESTADO DE VIAÑA . IV. También notamos lentitud y falta de directivas claras y precisas del Ministerio de Educación sobre la ley 30220, pues han transcurrido más de 90 días de promulgada la ley y aún no se ha conformado la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) que de acuerdo a la ley sería la que pondría fin a este desorden generado justamente por los Rectores pertenecientes a la ASUP cuyo presidente es el mismo que presidió la Ex ANR corrupta y manifestó que la SUNEDU solo se encargará de los grados y títulos y los carnet de los estudiantes y que su ASUP realizará funciones de la Ex ANR, incluso indica que el local de Surco que ocupan les pertenece y por lo tanto hace abuso de autoridad y desacato a la ley convirtiéndose en los actuales desestabilizadores de la adecuación e implementación de la Ley 30220 ante un gobierno con poco carácter y con escasa toma de decisiones. Por la problemática anterior exigimos: 1. Al Sr. Ministro de Educación emitir directivas claras y precisas sobre las disposiciones complementarias transitorias en el proceso de adecuación del gobierno de la universidad pública: Conformación de CEUTAs con docentes más antiguos en sus categorías incluidos los mayores de 70 años, la conformación de las Asambleas Estatutarias en los plazos estipulados para la redacción y aprobación de los estatutos, la designación de las NUEVAS AUTORIDADES de acuerdo al inmediato cronograma y no permitir que las actuales autoridades se perpetúen en el poder, la inmediata aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNEDU y la urgente selección de los integrantes del Primer Consejo Directivo de esta superintendencia. 2. Al Ministerio de Educación que ejerza autoridad en la aplicabilidad de la ley; el tiempo de la adecuación de los gobiernos universitarios ha concluido y en las universidades, las autoridades que no han cumplido y vienen obstaculizando la ley deben ser destituidas y reemplazadas por una terna de profesores principales más antiguos que se encarguen de completar o iniciar el proceso de adecuación de la ley en un plazo máximo de 03 meses, esperando se constituya el SUNEDU. 3. A la Contraloría general de la República que ponga mano dura en las comisiones de acción de control en las universidades públicas porque en la mayoría de ellas hay comprobados hechos de corrupción que han sido denunciados por sus respectivos sindicatos de docentes y estudiantes. 4. Al Congreso de la República, en especial a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República del Perú, que considere con carácter de urgente la HOMOLOGACIÓN DE LOS DOCENTES UNIVERSITARIOS en aplicación del artículo 96 de la Ley Universitaria 30220. 5. Al Gobierno del Presidente Ollanta, al Congreso de la República y al Ministerio de Economía y Finanzas para que tengan en cuenta la HOMOLOGACIÓN de los docentes universitarios con los magistrados del Poder Judicial contemplada en la reciente norma, vinculada a la calidad de la educación universitaria peruana. Finalmente, la FENDUP reafirma el compromiso de seguir luchando por un modelo de universidad de calidad, autoevaluada y acreditada, más competitiva, científica, democrática, inclusiva, humana y respetuosa del medio ambiente, lejos de cualquier modo de corrupción que ponga en riesgo su institucionalidad. ¡POR LA RECUPERACIÓN INMEDIATA DE LA GOBERNABILIDAD Y EL HONOR EN LA UNIVERSIDAD PERUANA! POR UNA UNIVERSIDAD SIN CORRUPCIÓN LEVANTAMIENTO DEL SECRETO BANCARIO A TODAS LAS AUTORIDADES ACTUALES-SALIENTES Y AUDITORIAS CON PERSONAL DE LA CONTRALORÍA DE LA REPÚBLICA. CALIDAD DE ENSEÑANZA CON VERDADERA HOMOLOGACIÓN ¡SIN LUCHAS NO HAY VICTORIAS! ¡UNIDAD PARA LUCHAR, UNIDAD PARA VENCER! CEN – FENDUP elventura_unsch@hotmail.com Presidente P Lima, 01 de Noviembre de 2014

sábado, enero 21, 2012

CONGRESO NACIONAL DE LA FENTASE - MARZO 2012

Se acerca el Congreso Nacional de la FENTASE, hace 27 años un grupo de trabajadores en pleno gobierno de Belaunde, levantò banderas para realizar el sueño de muchos trabajadores del Sector Educaciòn. La Historia se encargo a los años de que este sueño no muriera y se consolidarà con el tiempo, de acuerdo a ellos a nuevas propuestas de gobierno sindical. Hoy la FENTASE, ha pasado por muchos gobiernos, muchos de ellos llamados "democràticos", otros cien por ciento dictatoriales, hemos sido cesados, expulsados, perseguidos y calumniados en la dictadura del FUJIMONTESINISMO, mal llamado ahora por un dirigencillo de una central sindical como el màs acorde en este tiempo de los "COMPATRIOTAS", con el sindicalismo de clase....mentira! solo una gran patètica mentira", estamos seguros y seguras que para este Congreso serà tema de discusiòn la "gobernanza" actual de los Nacionalistas...., como la condecoraciòn a la derecha, la persecuciòn y matanza de los campesinos en Cajamarca, Chehade, y la ùltima ....250,000 compañeros del CAS a la calle....gobierno del Pueblo? ....no, definitivamente no....tema para reflexiòn en este Congreso, y para que los ànimos se calienten màs....la oposiciòn de los que estàn ahora en el CEN, ya comenzaron a llenar los correos electrònicos de todos los compañeros que puedan, difamando, calumniando, llenando de mentiras los buzones....en el debate compañeros debe estar el entendimiento y la reflexiòn, no llenando correos, eso en la cara de los actuales dirigentes. Los compañeros y compañeras esperan en este Congreso y no debo equivocarme los debates alturados, total todos vamos a ganar intercambiando opiniòn. Es verdad que yo ya estoy fuera de la Federaciòn, pero no fuera de la lucha sindical, armonica y consecuente con estos tiempos, se acaba el tiempo de las grandes vacas, Europa y su moneda estàn cayendo, de eso se deben de preocupar y debatir propuestas claras y concretas, los animo desde este pequeño espacio, que mediante la Escuela Sindical se abra el debate ideològico polìtico, lo demàs compañeros es domèstico, no permitan que las cosas domèsticas entorpezcan este Congreso y se levanten banderas de lucha por el Sindicalismo de Clase, que es por el que todos abogamos y apostamos. Estoy segura que dentro del CEN, se debatira por una nueva elecciòn de dirigentes y no la continuidad y si no hay propuestas tambièn estoy segura que dentro de ella se deben de hacer un mea culpa de tener una Escuela Sindical y no haber formado lìderes capaces para que esten a la altura de las circunstancias en la Federaciòn, pero eso compañeros en el diàlogo polìtico, por lo consiguiente me gustarìa que haya una mujer ahora Secretaria General y que se siga respetando las cuotas de gènero en las listas de elecciòn, me auno a que en cada delegaciòn haya el 50% de delegadas mujeres y que participen en este Congreso tan igual como los compañeros; que levanten propuestas de gènero igualmente dentro de la Plataforma de lucha y Pliego de Reclamos, las insto compañeras desde este espacio a luchar por sus derechos dentro de sus Juntas Directivas y en este evento que espero sinceramente que sea uno de los mejores que haya tenido la FENTASE, ya que se supone que el Presidente que està en Palacio representa al pueblo y no a los Militares.
Insto tambièn a considerar lo mejor en las listas de elecciòn quienes en el futuro de dos años, van a tomar las riendas y espero finalmente como Cristiana, paz para ustedes y buen ànimo para ello. Que Dios me los Bendiga!

TERESA SALAZAR DAVILA
EX SECRETARIA DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
CEN FENTASE - PERIODOS: 1993 - 1995 -1997


jueves, julio 07, 2011

Procedimientos para la ejecución de la Ley Nº 29702-Ley que dispone el pago del D.S. Nº 037-94

PROCEDIMIENTOS PARA LA EJECUCION DE LA LEY 29702 LEY QUE DISPONE EL PAGO DE LA BONIFICACIÓN DISPUESTO POR EL DECRETO DE URGENCIA 037-94, DE ACUERDO A LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y SIN LA EXIGENCIA DE SENTENCIA JUDICIAL Y MENOS EN CALIDAD DE COSA JUZGADA
I. DISPOSITIVOS LEGALES QUE ANTECEDEN A LA PRESENTE LEY Y QUE SE DAN TENIENDO COMO REQUISITO LAS SENTENCIAS JUDICIALES EN CALIDAD DE COSA JUZGADA
DECRETO DE URGENCIA Nº 051-2007 publicado el 30.12.2007: Crea el "Fondo D.U.037-94" destinado al pago de deudas por concepto del beneficio establecido según Decreto de Urgencia 037-1994.
DECRETO SUPREMO Nº 012-2008-EF publicado el 27.01.2008: Establece procedimientos para acceder al pago, requisitos para los afectados, documentos que deben sustentar las entidades pagadoras, control y conformidad del depósito. El Art. 4º, sin expresarlo textualmente y validando un formato anexo al mismo DS. 012-2008-EF, precisa que los beneficiarios deberán contar con expediente previo, cuyo procedimiento se haya agotado hasta tener "sentencia judicial con carácter de cosa juzgada emitida por el órgano judicial competente"; para mayor seguridad, el Titular del Pliego Presupuestario debe emitir una Resolución de Reconocimiento de Deuda. El Art. 6º pone el caramelo y dice que se pagará a los beneficiarios en el plazo de 30 días útiles sobre 30 días calendarios previos y necesarios para que las entidades públicas cumplan con remitir la formal información y documentación solicitada. En lenguaje claro, sería así: Del 28.01.08 al 26.02.08, todas las entidades públicas deudoras, deberán remitir al MEF, la documentación solicitada. Del 27.02.08 se contará 30 días "útiles", que vencen el 10.04.08, fecha tras la cual, los trabajadores activos y jubilados podrán acercarse a la ventanilla de pago y comprobar que por fin les han cancelado la deuda.
Si bien, en la información remitida por cada entidad pública, debe indicarse, la suma acumulada que adeudan hasta el 31.12.2007 en forma personalizada; el Art. 3º, se guarda un detalle expresado en forma oscura y dice: "El monto materia de abono será por una suma equivalente al porcentaje que representa el aporte al Fondo DU Nº 037-94 con relación al monto pendiente de pago al 31 de Diciembre de 2007". Traducción:
DECRETO SUPREMO Nº 034-2008-EF publicado el 02.03.2008: Dispone alargar los plazos señalados anteriormente. Por tanto, el plazo para que remitan documentación las entidades públicas al MEF, se extiende hasta el 10.03.08. Mientras que el plazo para efectuar los pagos se postergan hasta el 23.04.08.
DECRETO SUPREMO Nº 058-2008-EF publicado el 23.04.08: Modifica y complementa los decretos anteriores, estableciendo: A).- mayores plazos: 60 días útiles para que las entidades públicas remitan la información a MEF. Tras este vencimiento, se contará otros 60 días útiles, para proceder al pago de la bonificación. Traducción: El plazo para las entidades públicas vence el 17.07.08; paralelamente se extiende el plazo para efectuar los pagos, hasta el 14.10.08.
A su vez, el Art. 9º autoriza al MEF para aprobar un nuevo "Formato de Personal Beneficiario del DU Nº 037-94". Obviamente, se anula el formato aprobado por DS 012-08-EF; consecuentemente se anulan todos los formatos ya presentados a la fecha y en trámite ante el MEF. Vale decir, "borrón y cuenta nueva", presenten su información de acuerdo al nuevo formato.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 291-2008-EF/43 publicada el 26.04.08: Aprueba el nuevo "Formato de Personal Beneficiario del DU Nº 037-94". Si comparamos el nuevo formato con el anterior, han abierto columnas para indicar montos por CARGAS SOCIALES y descuentos judiciales (a favor de la ONP, ESSALUD, etc.) Otra diferencia está en que además de las firmas de los funcionarios públicos que asumen responsabilidad por lo declarado, según el primer formato, debe agregarse un visto bueno por parte de la Oficina de Asesoría Jurídica y del órgano de Control Institucional.
DECRETO SUPREMO Nº 151-2008-EF publicado el 10.12.08: Autoriza transferencia de 12´728,380.00 destinados al pago de CARGAS SOCIALES Y DESCUENTOS JUDICIALES. Lo que significa que antes de pagar a los afectados, primero se ha cuantificado los descuentos que corresponde hacerles por concepto de aportaciones a la ONP, ESSALUD, etc.
LEY Nº 29289 - LEY DE PRESUPUESTO 2009 publicada el 11.12.08: En su DÉCIMA QUINTA disposición, autoriza al MEF
a transferir CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 000 000,00) de la Reserva de Contingencia destinada al "Fondo D.U. Nº 037-94". De los intereses generados por el "Fondo DU Nº 037- 94" se atenderá la deuda derivada de retenciones y cargas sociales. El MEF transferirá los recursos de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General de Sistema Nacional de Presupuesto, a pedido de la Oficina General de Administración del MEF. Mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas se emitirá, en caso necesario, las normas complementarias y reglamentarias para la mejor aplicación de la presente disposición.
LEY 29465 LEY DEL PRESUPUESTO PUBLICO 2010 QUINTA DISPOSICION FINAL- Autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 135 000 000,00) de la reserva de contingencia destinada al “Fondo DU Nº 037-94”, creado mediante Decreto de Urgencia Nº 051-2007.
LEY 29626 LEY DEL PRESUPUESTO PÚBLICO 2011 Autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) de la reserva de contingencia destinada al “Fondo DU Nº 037-94”.
II. QUE DEBEMOS HACER AHORA EN EL CONTEXTO DE LA LEY 29702?
Es preciso señalar que la presente ley es para aquellos compañeros y compañeras que no cuentan con sentencia judicial y que no ganan ni la continua ni el devengado de la bonificación dispuesta por el D.U. 037-94
PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTINUA
1. Solicitar a la UGEL o UNIDAD EJECUTORA o Dirección Regional de Educación el universo de trabajadores y trabajadoras que no ganan la continua ni devengado de la bonificación del D.U. 037-94 (PEA).

2. Solicitar se realice el calculo por trabajador del monto de la continua que debe percibir, teniendo en cuenta:
a) La Escala dispuesta por el D.U. 037-94
b) Los tres incrementos del 16% que se han dado a lo largo de los años (desde el año 94 a la fecha) y que están refrendados por Decretos Supremos

3. Una vez obtenida la cuantificación nominativa de la continua (monto a ganar por persona), debe ser reconocida con una Resolución Directoral de la UGEL o Unidad Ejecutora o DRE y refrendada con una Resolución Ejecutiva Regional

4. La Unidad Ejecutora o UGEL o DRE debe solicitar al Pliego Presupuestal (Gobierno Regional para regiones del interior del país y Ministerio de Educación para el caso de Lima) consignar en la formulación presupuestal para el año 2012 a través de una demanda adicional el monto que se requiere para el pago de la continua, para ello deberá adjuntar la Resolución Directoral que reconoce el monto total por trabajador conforme los dispone la Ley 29702 que textualmente dice…. El Ministerio de Economía y Finanzas establece las previsiones presupuestales a fin de atender lo dispuesto en la presente Ley para el Ejercicio Fiscal 2012.

OJO Es urgente iniciar con este procedimiento por que la formulación del presupuesto se da en este mes

PARA EL CASO DE LAS UGELs DE LIMA cuyo pliego es el Ministerio de Educación se requiere de manera urgente insertar en el TRATO DIRECTO para la identificación del universo de trabajadores que no perciben la 037 y solicitar su cuantificación (esto lo debe realizar el Ministerio de Educacion)
PROCEDIMIENTOS PARA EL DEVENGADO
5. Se repiten los pasos 1, 2 y 3 con el agregado de que en los cálculos de los devengados se tiene que tomar en cuenta y sumar los intereses legales (seria bueno que un perito contable lo realice)
6. Los devengados también tienen que estar reconocidos por Resolución Directoral de la UGEL o Unidad Ejecutora y refrendada con una Resolución Ejecutiva Regional del pliego presupuestal (gobierno Regional) tomando en cuenta los formatos de personal señalados en la RESOLUCION MINISTERIAL Nº 291-2008-EF/43

7. La Resolución Ejecutiva Regional que reconoce los devengados mas los intereses legales deberá a través de la Oficina de Administración del Gobierno Regional ser elevada al Ministerio de Economía y Finanzas para que se les pueda considerar como beneficiarios del fondo social de la 037 en la ley del Presupuesto Publico del año 2012

COMPAÑEROS QUE TIENEN SENTENCIA Y QUE NO GANAN LA CONTINUA NI EL DEVENGADO
1. Igual compañeros se debe realizar el trámite descrito para que se consigne en la formulación presupuestal para el año 2012 con el añadido de que se cuenta con sentencia judicial
2. Para este año se debe solicitar una nota modificatoria para que de bienes y servicios (6% del presupuesto) se transfiera a la genérica 2.5 Sentencias judiciales de tal manera que vamos anticipando algo de pago; este tramite a petición nuestra la Unidad Ejecutora deberá solicitar al pliego presupuestal la autorización correspondiente a través de una ampliación del PCA.

Ojo. Para no confundirnos quienes estén en esta casuística por favor comunicarse para poder describir de manera detallada el tramite que deben realizar

Un saludo a todos y todas
Evelin Cavero Contreras
Secretaria General
FENTASE APURIMAC



LA SIGUIENTE CANCION DEDICADA A MI ESPOSO JUAN: