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lunes, noviembre 14, 2016
RECORDANDO A LOS CAÍDOS EN LA LUCHA CONTRA LA DICTADURA FUJI APRA MONTESINISTA
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martes, noviembre 04, 2014
FENDUP: PRONUNCIAMIENTO A LA OPINIÓN PÚBLICA
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viernes, junio 13, 2014
FENTASE: SE SUSPENDE LA HUELGA NACIONAL HOY 13 DE JUNIO 2014
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sábado, abril 12, 2014
FENTASE: CONVOCA PARO NACIONAL 22 Y 23 DE ABRIL 2014
viernes, marzo 07, 2014
PROYECTO DE LEY QUE DEROGA EL D.S. 023-2014-EF.
domingo, agosto 11, 2013
¿CUAL ES EL ROL DE FAMILIA DE PUESTOS EN LA LEY DE SERVICIO CIVIL?
lunes, abril 08, 2013
PAGO POR ALERTAS AMARILLAS CON DEVENGADOS
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domingo, marzo 24, 2013
sábado, diciembre 22, 2012
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0523-2012-ED, QUE NORMA LA DIRECTIVA 020-2012-MINEDU SOBRE CONTRATOS AL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL SECTOR EDUCACION
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sábado, diciembre 22, 2012
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sábado, noviembre 17, 2012
PROPUESTA DE FENTASE RESPALDADA POR BANCADA DE ACCION POPULAR Y FRENTE AMPLIO
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sábado, noviembre 10, 2012
FENTASE REGIONAL PUNO EN HUELGA!!
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sábado, octubre 06, 2012
ACTA DE INSTALACIÓN DE LA COMISION PARITARIA ENTRE SUTRAMUN ATE Y LA AUTORIDAD MUNICIPAL
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domingo, septiembre 16, 2012
PERU: FIN DE LA HUELGA EN SALUD?
sábado, septiembre 08, 2012
PERU: PRESUPUESTO PARA EL AÑO FISCAL 2013 PRIORIZA GASTOS EN PROGRAMAS SOCIALES.
domingo, septiembre 02, 2012
COMUNICADO CUT CHILE SINDICATOS DE EMPRESAS SANITARIAS
sábado, enero 21, 2012
CONGRESO NACIONAL DE LA FENTASE - MARZO 2012
Se acerca el Congreso Nacional de la FENTASE, hace 27 años un grupo de trabajadores en pleno gobierno de Belaunde, levantò banderas para realizar el sueño de muchos trabajadores del Sector Educaciòn. La Historia se encargo a los años de que este sueño no muriera y se consolidarà con el tiempo, de acuerdo a ellos a nuevas propuestas de gobierno sindical. Hoy la FENTASE, ha pasado por muchos gobiernos, muchos de ellos llamados "democràticos", otros cien por ciento dictatoriales, hemos sido cesados, expulsados, perseguidos y calumniados en la dictadura del FUJIMONTESINISMO, mal llamado ahora por un dirigencillo de una central sindical como el màs acorde en este tiempo de los "COMPATRIOTAS", con el sindicalismo de clase....mentira! solo una gran patètica mentira", estamos seguros y seguras que para este Congreso serà tema de discusiòn la "gobernanza" actual de los Nacionalistas...., como la condecoraciòn a la derecha, la persecuciòn y matanza de los campesinos en Cajamarca, Chehade, y la ùltima ....250,000 compañeros del CAS a la calle....gobierno del Pueblo? ....no, definitivamente no....tema para reflexiòn en este Congreso, y para que los ànimos se calienten màs....la oposiciòn de los que estàn ahora en el CEN, ya comenzaron a llenar los correos electrònicos de todos los compañeros que puedan, difamando, calumniando, llenando de mentiras los buzones....en el debate compañeros debe estar el entendimiento y la reflexiòn, no llenando correos, eso en la cara de los actuales dirigentes. Los compañeros y compañeras esperan en este Congreso y no debo equivocarme los debates alturados, total todos vamos a ganar intercambiando opiniòn. Es verdad que yo ya estoy fuera de la Federaciòn, pero no fuera de la lucha sindical, armonica y consecuente con estos tiempos, se acaba el tiempo de las grandes vacas, Europa y su moneda estàn cayendo, de eso se deben de preocupar y debatir propuestas claras y concretas, los animo desde este pequeño espacio, que mediante la Escuela Sindical se abra el debate ideològico polìtico, lo demàs compañeros es domèstico, no permitan que las cosas domèsticas entorpezcan este Congreso y se levanten banderas de lucha por el Sindicalismo de Clase, que es por el que todos abogamos y apostamos. Estoy segura que dentro del CEN, se debatira por una nueva elecciòn de dirigentes y no la continuidad y si no hay propuestas tambièn estoy segura que dentro de ella se deben de hacer un mea culpa de tener una Escuela Sindical y no haber formado lìderes capaces para que esten a la altura de las circunstancias en la Federaciòn, pero eso compañeros en el diàlogo polìtico, por lo consiguiente me gustarìa que haya una mujer ahora Secretaria General y que se siga respetando las cuotas de gènero en las listas de elecciòn, me auno a que en cada delegaciòn haya el 50% de delegadas mujeres y que participen en este Congreso tan igual como los compañeros; que levanten propuestas de gènero igualmente dentro de la Plataforma de lucha y Pliego de Reclamos, las insto compañeras desde este espacio a luchar por sus derechos dentro de sus Juntas Directivas y en este evento que espero sinceramente que sea uno de los mejores que haya tenido la FENTASE, ya que se supone que el Presidente que està en Palacio representa al pueblo y no a los Militares.
Insto tambièn a considerar lo mejor en las listas de elecciòn quienes en el futuro de dos años, van a tomar las riendas y espero finalmente como Cristiana, paz para ustedes y buen ànimo para ello. Que Dios me los Bendiga!
TERESA SALAZAR DAVILA
EX SECRETARIA DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
CEN FENTASE - PERIODOS: 1993 - 1995 -1997
Insto tambièn a considerar lo mejor en las listas de elecciòn quienes en el futuro de dos años, van a tomar las riendas y espero finalmente como Cristiana, paz para ustedes y buen ànimo para ello. Que Dios me los Bendiga!
TERESA SALAZAR DAVILA
EX SECRETARIA DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
CEN FENTASE - PERIODOS: 1993 - 1995 -1997
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sábado, enero 21, 2012
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martes, septiembre 06, 2011
LOS SINDICATOS MÁS NECESARIOS QUE NUNCA
SALUD 72 CLASISTA LOS SINDICATOS, MÁS NECESARIOS QUE NUNCA Juan Torres López La implantación de las políticas neoliberales desde hace ahora casi justo treinta años ha estado vinculada muy directamente con la continua disminución del poder sindical y se ha basado en gran medida en provocar la máxima desconfianza de los trabajadores hacia los sindicatos. En las dictaduras que sirvieron como campo de experimentación para las políticas liberales se recurrió para ello a la pura eliminación física de miles de sindicalistas. Una práctica, por cierto, que aún no ha desaparecido: en 2008 fueron asesinados 76 sindicalistas en todo el mundo y 49 de ellos sólo en Colombia a manos de paramilitares de extrema derecha o fuerzas del Estado que han asesinado a 2500 en los últimos 20 años. La revolución conservadora de Reagan y Tatcher se enfrentó sin contemplaciones con los sindicatos pero su estrategia demasiado contundente estuvo a punto de producir un peligroso efecto rebote contra la propia patronal. Así, y al igual que la retórica revolucionaria en política económica se reconvirtió más tarde en el más tecnocratizado y neutro "ajuste estructural", el enfrentamiento directo con los sindicatos se sustituyó por una forma más suave y sibilina de socavar su influencia y su poder de negociación. En lugar de combatirlos fieramente, en primer lugar se puso a su disposición una parte pequeña en términos relativos pero sustancialmente grandes de recursos materiales y financieros procedentes del sector público (lo que de paso también permitía fortalecer a las organizaciones patronales). Con ellos se ha generado y alimentado en muchos países una burocracia sindical más preocupada de gestionar la provisión de bienes y servicios (turísticos, inmobiliarios, financieros,...) y de auto reproducirse que de movilizar a los trabajadores en defensa de sus intereses. Entre otras cosas, porque la "paz social" y la desmovilización es el precio explícito que hay que pagar para que se sigan sosteniendo las organizaciones que, al amparo de esta "generosa" política gubernamental, se han convertido en empresas tan costosas que no pueden autofinanciarse con las solas cotizaciones de sus afiliados. En segundo lugar, se han ido estableciendo paralelamente regímenes cada vez más descentralizados de negociación y de establecimiento de las condiciones laborales. Bien de modo directo, en muchos casos y como aspira a conseguir la patronal española, o indirecto a través de la flexibilización, de la expansión del empleo temporal, de la desarticulación y desmembramiento de las grandes empresas y, por supuesto, de la disminución de la capacidad de resistencia de los trabajadores gracias a las políticas deflacionistas que han generado deliberadamente el desempleo que desarma y desmoviliza a los trabajadores. Finalmente, el debilitamiento de los sindicatos ha sido la inevitable consecuencia de la cultura del individualismo que ha promovido el neoliberalismo, de la material destrucción de lazos e infraestructuras para la interrelación y el encuentro social, y de una bien estudiada estrategia comunicativa orientada a difundir constantemente la idea de que las organizaciones sindicales son simplemente estructuras corruptas, inútiles, que solo defienden a sus afiliados (como si eso, por cierto, fuese malo), y dominadas por dictadores y haraganes de las que deben huir los trabajadores que de verdad quieran conseguir mejores condiciones de trabajo. Esta continua presión de los poderes para dificultar la actuación de los sindicatos en defensa de los trabajadores y para desnaturalizar su función ha tenido éxito: muchos líderes y sindicalistas se han derechizado al amparo de los privilegios que tienen a su alcance y la desconfianza fundada o no que se ha generado ha dado lugar a una casi general disminución en las tasas de afiliación sindical en los últimos años. En España este proceso ha sido quizá más agudo. Principalmente, como consecuencia de la debilidad intrínseca de un sindicalismo que provenía de la dictadura y del contexto más difícil en que han debido actuar los sindicatos cuando la consolidación de los derechos sociales que ha traído la democracia y el retardado Estado del Bienestar han estado constantemente amenazados y limitados por el impacto de las políticas neoliberales que al mismo tiempo se han aplicado. La consecuencia ha sido que nuestra tasa de afiliación (15%) es de las más bajas de la OCDE (detrás de la de Estados Unidos y Francia, aunque por razones y en condiciones muy distintas) y que haya bajado en más de diez puntos desde el inicio de la democracia. Y no creo que se pueda considerar como un simple fruto de la casualidad que nuestra baja afiliación sindical (y la más alta afiliación de las empresas españolas a las organizaciones patronales, 72%) haya ido paralela en estos últimos años con una peor evolución del empleo (más precario), del paro (más numeroso), de los salarios reales (más bajos) o del mayor número de trabajadores pobres. El sentido común más elemental indica que cuanto más poder de negociación tienen los sindicatos y más trabajadores afiliados haya, mejores serán las condiciones de trabajo que podrán conseguirse. Si no fuera así, no se entendería el constante combate que los empleadores y la patronal mantienen con las organizaciones sindicales, el descrédito que permanentemente tratan de sembrar y las dificultades de todo tipo que las empresas más poderosas imponen para impedir que sus trabajadores se afilien a los sindicatos. Si los sindicatos no fueran en realidad un arma fundamental para que los trabajadores defiendan mejor sus posiciones frente a la patronal, las dictaduras al servicios de los grandes capitales no perseguirían a los sindicalistas, ni prohibirían la actividad sindical, y las patronales de nuestras democracias pedirían que se favoreciera la presencia de todos los sindicatos en sus empresas, la extensión de la negociación colectiva, o la mayor afiliación posible,... es decir, justamente lo contrario de lo que hacen. Pero no sólo lo dice el sentido común. Las investigaciones científicas (que lógicamente no gozan de gran audiencia en los medios que controlan la patronal y las grandes empresas) muestran claramente que el conjunto de los trabajadores disfruta de mejores condiciones laborales y de mayores ingresos allí donde hay negociación colectiva de la mano de los sindicatos. Y que donde no la hay, los trabajadores sindicados reciben indemnizaciones más elevadas que los que no pertenecen a sindicatos, o disfrutan de más derechos laborales como vacaciones o asistencia sanitaria pagada por la empresa. Como también se ha demostrado que la menor tasa de afiliación sindical y el menor poder de negociación de las organizaciones sindicales ha contribuido al aumento de la desigualdad y de brecha sindical que se ha producido en los últimos años. Incluso un informe sobre relaciones industriales de la Comisión Europea de este mismo año estimaba que un incremento del 10% de la tasa de sindicación reduce las desigualdades salariales un 2% y que un incremento del 10% en la cobertura de las negociaciones colectivas conlleva una bajada del 0,5% de la pobreza en el trabajo. No hay duda. Las patronales y sus representantes saben perfectamente lo que significa que en un país haya sindicatos fuertes, libres e independientes y por eso los debilitan, los condicionan y los hacen dependientes del dinero público. Cuando eso se consigue, la reacción de una gran parte de la izquierda y de millones de trabajadores es el desafecto hacia las organizaciones sindicales "entregadas", produciéndose así un círculo vicioso dramático que solo concluye con el deterioro progresivo de las condiciones laborales. La existencia de sindicatos fuertes y comprometidos con los intereses de los trabajadores es hoy día es más trascendental que nunca. Y por eso es tan importante apoyarlos. En lugar de limitarse a lamentar las consecuencias que haya podido tener su rendición o impotencia ante las estrategias neoliberales lo inteligente sería evitarlas, empoderarlos y darles la fuerza que les permita hacerse fuertes frente a una patronal que se fortalece continuamente pero que es cada vez más irracional y egoísta.
jueves, julio 07, 2011
Procedimientos para la ejecución de la Ley Nº 29702-Ley que dispone el pago del D.S. Nº 037-94
PROCEDIMIENTOS PARA LA EJECUCION DE LA LEY 29702 LEY QUE DISPONE EL PAGO DE LA BONIFICACIÓN DISPUESTO POR EL DECRETO DE URGENCIA 037-94, DE ACUERDO A LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y SIN LA EXIGENCIA DE SENTENCIA JUDICIAL Y MENOS EN CALIDAD DE COSA JUZGADA
I. DISPOSITIVOS LEGALES QUE ANTECEDEN A LA PRESENTE LEY Y QUE SE DAN TENIENDO COMO REQUISITO LAS SENTENCIAS JUDICIALES EN CALIDAD DE COSA JUZGADA
DECRETO DE URGENCIA Nº 051-2007 publicado el 30.12.2007: Crea el "Fondo D.U.037-94" destinado al pago de deudas por concepto del beneficio establecido según Decreto de Urgencia 037-1994.
DECRETO SUPREMO Nº 012-2008-EF publicado el 27.01.2008: Establece procedimientos para acceder al pago, requisitos para los afectados, documentos que deben sustentar las entidades pagadoras, control y conformidad del depósito. El Art. 4º, sin expresarlo textualmente y validando un formato anexo al mismo DS. 012-2008-EF, precisa que los beneficiarios deberán contar con expediente previo, cuyo procedimiento se haya agotado hasta tener "sentencia judicial con carácter de cosa juzgada emitida por el órgano judicial competente"; para mayor seguridad, el Titular del Pliego Presupuestario debe emitir una Resolución de Reconocimiento de Deuda. El Art. 6º pone el caramelo y dice que se pagará a los beneficiarios en el plazo de 30 días útiles sobre 30 días calendarios previos y necesarios para que las entidades públicas cumplan con remitir la formal información y documentación solicitada. En lenguaje claro, sería así: Del 28.01.08 al 26.02.08, todas las entidades públicas deudoras, deberán remitir al MEF, la documentación solicitada. Del 27.02.08 se contará 30 días "útiles", que vencen el 10.04.08, fecha tras la cual, los trabajadores activos y jubilados podrán acercarse a la ventanilla de pago y comprobar que por fin les han cancelado la deuda.
Si bien, en la información remitida por cada entidad pública, debe indicarse, la suma acumulada que adeudan hasta el 31.12.2007 en forma personalizada; el Art. 3º, se guarda un detalle expresado en forma oscura y dice: "El monto materia de abono será por una suma equivalente al porcentaje que representa el aporte al Fondo DU Nº 037-94 con relación al monto pendiente de pago al 31 de Diciembre de 2007". Traducción:
DECRETO SUPREMO Nº 034-2008-EF publicado el 02.03.2008: Dispone alargar los plazos señalados anteriormente. Por tanto, el plazo para que remitan documentación las entidades públicas al MEF, se extiende hasta el 10.03.08. Mientras que el plazo para efectuar los pagos se postergan hasta el 23.04.08.
DECRETO SUPREMO Nº 058-2008-EF publicado el 23.04.08: Modifica y complementa los decretos anteriores, estableciendo: A).- mayores plazos: 60 días útiles para que las entidades públicas remitan la información a MEF. Tras este vencimiento, se contará otros 60 días útiles, para proceder al pago de la bonificación. Traducción: El plazo para las entidades públicas vence el 17.07.08; paralelamente se extiende el plazo para efectuar los pagos, hasta el 14.10.08.
A su vez, el Art. 9º autoriza al MEF para aprobar un nuevo "Formato de Personal Beneficiario del DU Nº 037-94". Obviamente, se anula el formato aprobado por DS 012-08-EF; consecuentemente se anulan todos los formatos ya presentados a la fecha y en trámite ante el MEF. Vale decir, "borrón y cuenta nueva", presenten su información de acuerdo al nuevo formato.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 291-2008-EF/43 publicada el 26.04.08: Aprueba el nuevo "Formato de Personal Beneficiario del DU Nº 037-94". Si comparamos el nuevo formato con el anterior, han abierto columnas para indicar montos por CARGAS SOCIALES y descuentos judiciales (a favor de la ONP, ESSALUD, etc.) Otra diferencia está en que además de las firmas de los funcionarios públicos que asumen responsabilidad por lo declarado, según el primer formato, debe agregarse un visto bueno por parte de la Oficina de Asesoría Jurídica y del órgano de Control Institucional.
DECRETO SUPREMO Nº 151-2008-EF publicado el 10.12.08: Autoriza transferencia de 12´728,380.00 destinados al pago de CARGAS SOCIALES Y DESCUENTOS JUDICIALES. Lo que significa que antes de pagar a los afectados, primero se ha cuantificado los descuentos que corresponde hacerles por concepto de aportaciones a la ONP, ESSALUD, etc.
LEY Nº 29289 - LEY DE PRESUPUESTO 2009 publicada el 11.12.08: En su DÉCIMA QUINTA disposición, autoriza al MEF
a transferir CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 000 000,00) de la Reserva de Contingencia destinada al "Fondo D.U. Nº 037-94". De los intereses generados por el "Fondo DU Nº 037- 94" se atenderá la deuda derivada de retenciones y cargas sociales. El MEF transferirá los recursos de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General de Sistema Nacional de Presupuesto, a pedido de la Oficina General de Administración del MEF. Mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas se emitirá, en caso necesario, las normas complementarias y reglamentarias para la mejor aplicación de la presente disposición.
LEY 29465 LEY DEL PRESUPUESTO PUBLICO 2010 QUINTA DISPOSICION FINAL- Autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 135 000 000,00) de la reserva de contingencia destinada al “Fondo DU Nº 037-94”, creado mediante Decreto de Urgencia Nº 051-2007.
LEY 29626 LEY DEL PRESUPUESTO PÚBLICO 2011 Autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) de la reserva de contingencia destinada al “Fondo DU Nº 037-94”.
II. QUE DEBEMOS HACER AHORA EN EL CONTEXTO DE LA LEY 29702?
Es preciso señalar que la presente ley es para aquellos compañeros y compañeras que no cuentan con sentencia judicial y que no ganan ni la continua ni el devengado de la bonificación dispuesta por el D.U. 037-94
PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTINUA
1. Solicitar a la UGEL o UNIDAD EJECUTORA o Dirección Regional de Educación el universo de trabajadores y trabajadoras que no ganan la continua ni devengado de la bonificación del D.U. 037-94 (PEA).
2. Solicitar se realice el calculo por trabajador del monto de la continua que debe percibir, teniendo en cuenta:
a) La Escala dispuesta por el D.U. 037-94
b) Los tres incrementos del 16% que se han dado a lo largo de los años (desde el año 94 a la fecha) y que están refrendados por Decretos Supremos
3. Una vez obtenida la cuantificación nominativa de la continua (monto a ganar por persona), debe ser reconocida con una Resolución Directoral de la UGEL o Unidad Ejecutora o DRE y refrendada con una Resolución Ejecutiva Regional
4. La Unidad Ejecutora o UGEL o DRE debe solicitar al Pliego Presupuestal (Gobierno Regional para regiones del interior del país y Ministerio de Educación para el caso de Lima) consignar en la formulación presupuestal para el año 2012 a través de una demanda adicional el monto que se requiere para el pago de la continua, para ello deberá adjuntar la Resolución Directoral que reconoce el monto total por trabajador conforme los dispone la Ley 29702 que textualmente dice…. El Ministerio de Economía y Finanzas establece las previsiones presupuestales a fin de atender lo dispuesto en la presente Ley para el Ejercicio Fiscal 2012.
OJO Es urgente iniciar con este procedimiento por que la formulación del presupuesto se da en este mes
PARA EL CASO DE LAS UGELs DE LIMA cuyo pliego es el Ministerio de Educación se requiere de manera urgente insertar en el TRATO DIRECTO para la identificación del universo de trabajadores que no perciben la 037 y solicitar su cuantificación (esto lo debe realizar el Ministerio de Educacion)
PROCEDIMIENTOS PARA EL DEVENGADO
5. Se repiten los pasos 1, 2 y 3 con el agregado de que en los cálculos de los devengados se tiene que tomar en cuenta y sumar los intereses legales (seria bueno que un perito contable lo realice)
6. Los devengados también tienen que estar reconocidos por Resolución Directoral de la UGEL o Unidad Ejecutora y refrendada con una Resolución Ejecutiva Regional del pliego presupuestal (gobierno Regional) tomando en cuenta los formatos de personal señalados en la RESOLUCION MINISTERIAL Nº 291-2008-EF/43
7. La Resolución Ejecutiva Regional que reconoce los devengados mas los intereses legales deberá a través de la Oficina de Administración del Gobierno Regional ser elevada al Ministerio de Economía y Finanzas para que se les pueda considerar como beneficiarios del fondo social de la 037 en la ley del Presupuesto Publico del año 2012
COMPAÑEROS QUE TIENEN SENTENCIA Y QUE NO GANAN LA CONTINUA NI EL DEVENGADO
1. Igual compañeros se debe realizar el trámite descrito para que se consigne en la formulación presupuestal para el año 2012 con el añadido de que se cuenta con sentencia judicial
2. Para este año se debe solicitar una nota modificatoria para que de bienes y servicios (6% del presupuesto) se transfiera a la genérica 2.5 Sentencias judiciales de tal manera que vamos anticipando algo de pago; este tramite a petición nuestra la Unidad Ejecutora deberá solicitar al pliego presupuestal la autorización correspondiente a través de una ampliación del PCA.
Ojo. Para no confundirnos quienes estén en esta casuística por favor comunicarse para poder describir de manera detallada el tramite que deben realizar
Un saludo a todos y todas
Evelin Cavero Contreras
Secretaria General
FENTASE APURIMAC
LA SIGUIENTE CANCION DEDICADA A MI ESPOSO JUAN:
I. DISPOSITIVOS LEGALES QUE ANTECEDEN A LA PRESENTE LEY Y QUE SE DAN TENIENDO COMO REQUISITO LAS SENTENCIAS JUDICIALES EN CALIDAD DE COSA JUZGADA
DECRETO DE URGENCIA Nº 051-2007 publicado el 30.12.2007: Crea el "Fondo D.U.037-94" destinado al pago de deudas por concepto del beneficio establecido según Decreto de Urgencia 037-1994.
DECRETO SUPREMO Nº 012-2008-EF publicado el 27.01.2008: Establece procedimientos para acceder al pago, requisitos para los afectados, documentos que deben sustentar las entidades pagadoras, control y conformidad del depósito. El Art. 4º, sin expresarlo textualmente y validando un formato anexo al mismo DS. 012-2008-EF, precisa que los beneficiarios deberán contar con expediente previo, cuyo procedimiento se haya agotado hasta tener "sentencia judicial con carácter de cosa juzgada emitida por el órgano judicial competente"; para mayor seguridad, el Titular del Pliego Presupuestario debe emitir una Resolución de Reconocimiento de Deuda. El Art. 6º pone el caramelo y dice que se pagará a los beneficiarios en el plazo de 30 días útiles sobre 30 días calendarios previos y necesarios para que las entidades públicas cumplan con remitir la formal información y documentación solicitada. En lenguaje claro, sería así: Del 28.01.08 al 26.02.08, todas las entidades públicas deudoras, deberán remitir al MEF, la documentación solicitada. Del 27.02.08 se contará 30 días "útiles", que vencen el 10.04.08, fecha tras la cual, los trabajadores activos y jubilados podrán acercarse a la ventanilla de pago y comprobar que por fin les han cancelado la deuda.
Si bien, en la información remitida por cada entidad pública, debe indicarse, la suma acumulada que adeudan hasta el 31.12.2007 en forma personalizada; el Art. 3º, se guarda un detalle expresado en forma oscura y dice: "El monto materia de abono será por una suma equivalente al porcentaje que representa el aporte al Fondo DU Nº 037-94 con relación al monto pendiente de pago al 31 de Diciembre de 2007". Traducción:
DECRETO SUPREMO Nº 034-2008-EF publicado el 02.03.2008: Dispone alargar los plazos señalados anteriormente. Por tanto, el plazo para que remitan documentación las entidades públicas al MEF, se extiende hasta el 10.03.08. Mientras que el plazo para efectuar los pagos se postergan hasta el 23.04.08.
DECRETO SUPREMO Nº 058-2008-EF publicado el 23.04.08: Modifica y complementa los decretos anteriores, estableciendo: A).- mayores plazos: 60 días útiles para que las entidades públicas remitan la información a MEF. Tras este vencimiento, se contará otros 60 días útiles, para proceder al pago de la bonificación. Traducción: El plazo para las entidades públicas vence el 17.07.08; paralelamente se extiende el plazo para efectuar los pagos, hasta el 14.10.08.
A su vez, el Art. 9º autoriza al MEF para aprobar un nuevo "Formato de Personal Beneficiario del DU Nº 037-94". Obviamente, se anula el formato aprobado por DS 012-08-EF; consecuentemente se anulan todos los formatos ya presentados a la fecha y en trámite ante el MEF. Vale decir, "borrón y cuenta nueva", presenten su información de acuerdo al nuevo formato.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 291-2008-EF/43 publicada el 26.04.08: Aprueba el nuevo "Formato de Personal Beneficiario del DU Nº 037-94". Si comparamos el nuevo formato con el anterior, han abierto columnas para indicar montos por CARGAS SOCIALES y descuentos judiciales (a favor de la ONP, ESSALUD, etc.) Otra diferencia está en que además de las firmas de los funcionarios públicos que asumen responsabilidad por lo declarado, según el primer formato, debe agregarse un visto bueno por parte de la Oficina de Asesoría Jurídica y del órgano de Control Institucional.
DECRETO SUPREMO Nº 151-2008-EF publicado el 10.12.08: Autoriza transferencia de 12´728,380.00 destinados al pago de CARGAS SOCIALES Y DESCUENTOS JUDICIALES. Lo que significa que antes de pagar a los afectados, primero se ha cuantificado los descuentos que corresponde hacerles por concepto de aportaciones a la ONP, ESSALUD, etc.
LEY Nº 29289 - LEY DE PRESUPUESTO 2009 publicada el 11.12.08: En su DÉCIMA QUINTA disposición, autoriza al MEF
a transferir CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 000 000,00) de la Reserva de Contingencia destinada al "Fondo D.U. Nº 037-94". De los intereses generados por el "Fondo DU Nº 037- 94" se atenderá la deuda derivada de retenciones y cargas sociales. El MEF transferirá los recursos de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General de Sistema Nacional de Presupuesto, a pedido de la Oficina General de Administración del MEF. Mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas se emitirá, en caso necesario, las normas complementarias y reglamentarias para la mejor aplicación de la presente disposición.
LEY 29465 LEY DEL PRESUPUESTO PUBLICO 2010 QUINTA DISPOSICION FINAL- Autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 135 000 000,00) de la reserva de contingencia destinada al “Fondo DU Nº 037-94”, creado mediante Decreto de Urgencia Nº 051-2007.
LEY 29626 LEY DEL PRESUPUESTO PÚBLICO 2011 Autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) de la reserva de contingencia destinada al “Fondo DU Nº 037-94”.
II. QUE DEBEMOS HACER AHORA EN EL CONTEXTO DE LA LEY 29702?
Es preciso señalar que la presente ley es para aquellos compañeros y compañeras que no cuentan con sentencia judicial y que no ganan ni la continua ni el devengado de la bonificación dispuesta por el D.U. 037-94
PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTINUA
1. Solicitar a la UGEL o UNIDAD EJECUTORA o Dirección Regional de Educación el universo de trabajadores y trabajadoras que no ganan la continua ni devengado de la bonificación del D.U. 037-94 (PEA).
2. Solicitar se realice el calculo por trabajador del monto de la continua que debe percibir, teniendo en cuenta:
a) La Escala dispuesta por el D.U. 037-94
b) Los tres incrementos del 16% que se han dado a lo largo de los años (desde el año 94 a la fecha) y que están refrendados por Decretos Supremos
3. Una vez obtenida la cuantificación nominativa de la continua (monto a ganar por persona), debe ser reconocida con una Resolución Directoral de la UGEL o Unidad Ejecutora o DRE y refrendada con una Resolución Ejecutiva Regional
4. La Unidad Ejecutora o UGEL o DRE debe solicitar al Pliego Presupuestal (Gobierno Regional para regiones del interior del país y Ministerio de Educación para el caso de Lima) consignar en la formulación presupuestal para el año 2012 a través de una demanda adicional el monto que se requiere para el pago de la continua, para ello deberá adjuntar la Resolución Directoral que reconoce el monto total por trabajador conforme los dispone la Ley 29702 que textualmente dice…. El Ministerio de Economía y Finanzas establece las previsiones presupuestales a fin de atender lo dispuesto en la presente Ley para el Ejercicio Fiscal 2012.
OJO Es urgente iniciar con este procedimiento por que la formulación del presupuesto se da en este mes
PARA EL CASO DE LAS UGELs DE LIMA cuyo pliego es el Ministerio de Educación se requiere de manera urgente insertar en el TRATO DIRECTO para la identificación del universo de trabajadores que no perciben la 037 y solicitar su cuantificación (esto lo debe realizar el Ministerio de Educacion)
PROCEDIMIENTOS PARA EL DEVENGADO
5. Se repiten los pasos 1, 2 y 3 con el agregado de que en los cálculos de los devengados se tiene que tomar en cuenta y sumar los intereses legales (seria bueno que un perito contable lo realice)
6. Los devengados también tienen que estar reconocidos por Resolución Directoral de la UGEL o Unidad Ejecutora y refrendada con una Resolución Ejecutiva Regional del pliego presupuestal (gobierno Regional) tomando en cuenta los formatos de personal señalados en la RESOLUCION MINISTERIAL Nº 291-2008-EF/43
7. La Resolución Ejecutiva Regional que reconoce los devengados mas los intereses legales deberá a través de la Oficina de Administración del Gobierno Regional ser elevada al Ministerio de Economía y Finanzas para que se les pueda considerar como beneficiarios del fondo social de la 037 en la ley del Presupuesto Publico del año 2012
COMPAÑEROS QUE TIENEN SENTENCIA Y QUE NO GANAN LA CONTINUA NI EL DEVENGADO
1. Igual compañeros se debe realizar el trámite descrito para que se consigne en la formulación presupuestal para el año 2012 con el añadido de que se cuenta con sentencia judicial
2. Para este año se debe solicitar una nota modificatoria para que de bienes y servicios (6% del presupuesto) se transfiera a la genérica 2.5 Sentencias judiciales de tal manera que vamos anticipando algo de pago; este tramite a petición nuestra la Unidad Ejecutora deberá solicitar al pliego presupuestal la autorización correspondiente a través de una ampliación del PCA.
Ojo. Para no confundirnos quienes estén en esta casuística por favor comunicarse para poder describir de manera detallada el tramite que deben realizar
Un saludo a todos y todas
Evelin Cavero Contreras
Secretaria General
FENTASE APURIMAC
LA SIGUIENTE CANCION DEDICADA A MI ESPOSO JUAN:
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Teresa
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jueves, julio 07, 2011
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jueves, marzo 04, 2010
HISTORIA DE LA FENTASE
ANTECEDENTES HISTÓRICOS
Setiembre mes Primaveral y florecimiento del movimiento sindical en el Sector Educación. Duros momentos de la dictadura de Morales Bermúdez que los trabajadores tuvimos que afrontar, habiendo pasado ya por la Revolución Velazquista de 1978, años en que los trabajadores/as del Ministerio de Educación enclavado en el Parque Universitario, organizaban la primera gran protesta frente a ese enorme edificio. Primer PARO en toda la historia del Ministerio de Educación y por supuesto, teniendo al frente la represión del General Guabloche, Ministro del Sector, produciéndose como consecuencia los despidos y traslados arbitrarios de la mayoría de los dirigentes de la ANTADE (Asociación), sindicados como el malestar del gigante verde (otrora Ministerio de Educación), hoy edificio rojo y sede del Poder Judicial. Los 80s, serían años decisivos para la conformación de la Federación Nacional y de esta manera el ANTADE, pasó a constituirse en el Sindicato de la Sede Central el - SITME.SC , y consiguientemente la conformación simultánea de sindicatos en todas la Direcciones Departamentales y Zonales del País.
El SITME-SC y la Coordinadora de Sindicatos de Educación, dentro de sus acciones prioritarias se propuso organizar, El Primer Encuentro Nacional de Sindicatos de Trabajadores Administrativos del Sector Educación, convocando a 26 Organizaciones Sindicales del país, en representación de los trabajadores de todas las instancias administrativas del sector, constituyéndose como primer paso la Comisión Organizadora del “Primer Congreso Nacional” que se realizó en Lima, del 30 de Agosto al 02 Setiembre de 1984, para dar nacimiento a la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR EDUCACION – FENTASE. Instituyéndose desde entonces a la fecha, Dos (02) Asambleas Nacionales Ordinarias al año y un Congreso Nacional cada dos años, como instrumentos orgánicos y democráticos para la solides institucional.
Desde su origen, nuestra Federación se constituyó como una organización de un frente unitario, que rechaza la inequidad y la discriminación en todas sus formas, lidiando permanentemente por un sindicalismo clasista en defensa de los derechos de los trabajadores del sector y de la centralización del movimiento sindical, para lograr una mejor calidad de vida. Las grandes Jornadas De Lucha de los 80s contra el gobierno Acciopopulista y Alanista, establecieron nuestra firme posición de gremio representativo a nivel nacional en el sector educación.
La dictadura de los 90s, del Fuji-montesinismo arremetió con violencia contra nuestra joven organización sindical, desalojándola impulsivamente de su local del Ex Ministerio de Educación frente al parque Universitario. No solamente se implementaron acciones represivas como el desalojo, sino que, se ha impulsado y patrocinado organizaciones paralelas, con la finalidad de debilitar el movimiento sindical y específicamente a nuestra gloriosa FENTASE.
Pasada la época dictatorial, con la llegada del Toledismo y el régimen aprista gobiernos abiertamente denominados administradores de los grandes intereses económicos de los grupos de poder del país, quienes implementaron dispositivos legales inconstitucionales criminalizando la protesta, restringiendo el derecho de huelga. Nuestra organización emprendió su reacomodo orgánico, librando acciones dignas de lucha y como las huelgas del 2003, 2006, 2007 y 2008, para reivindicar y restablecer el poder adquisitivo de los/as trabajadores/as venida a menos desde hace más de 2 décadas.
¡SIN LUCHAS NO HAY VICTORIAS¡
COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
CEN-FENTASE
Setiembre mes Primaveral y florecimiento del movimiento sindical en el Sector Educación. Duros momentos de la dictadura de Morales Bermúdez que los trabajadores tuvimos que afrontar, habiendo pasado ya por la Revolución Velazquista de 1978, años en que los trabajadores/as del Ministerio de Educación enclavado en el Parque Universitario, organizaban la primera gran protesta frente a ese enorme edificio. Primer PARO en toda la historia del Ministerio de Educación y por supuesto, teniendo al frente la represión del General Guabloche, Ministro del Sector, produciéndose como consecuencia los despidos y traslados arbitrarios de la mayoría de los dirigentes de la ANTADE (Asociación), sindicados como el malestar del gigante verde (otrora Ministerio de Educación), hoy edificio rojo y sede del Poder Judicial. Los 80s, serían años decisivos para la conformación de la Federación Nacional y de esta manera el ANTADE, pasó a constituirse en el Sindicato de la Sede Central el - SITME.SC , y consiguientemente la conformación simultánea de sindicatos en todas la Direcciones Departamentales y Zonales del País.
El SITME-SC y la Coordinadora de Sindicatos de Educación, dentro de sus acciones prioritarias se propuso organizar, El Primer Encuentro Nacional de Sindicatos de Trabajadores Administrativos del Sector Educación, convocando a 26 Organizaciones Sindicales del país, en representación de los trabajadores de todas las instancias administrativas del sector, constituyéndose como primer paso la Comisión Organizadora del “Primer Congreso Nacional” que se realizó en Lima, del 30 de Agosto al 02 Setiembre de 1984, para dar nacimiento a la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR EDUCACION – FENTASE. Instituyéndose desde entonces a la fecha, Dos (02) Asambleas Nacionales Ordinarias al año y un Congreso Nacional cada dos años, como instrumentos orgánicos y democráticos para la solides institucional.
Desde su origen, nuestra Federación se constituyó como una organización de un frente unitario, que rechaza la inequidad y la discriminación en todas sus formas, lidiando permanentemente por un sindicalismo clasista en defensa de los derechos de los trabajadores del sector y de la centralización del movimiento sindical, para lograr una mejor calidad de vida. Las grandes Jornadas De Lucha de los 80s contra el gobierno Acciopopulista y Alanista, establecieron nuestra firme posición de gremio representativo a nivel nacional en el sector educación.
La dictadura de los 90s, del Fuji-montesinismo arremetió con violencia contra nuestra joven organización sindical, desalojándola impulsivamente de su local del Ex Ministerio de Educación frente al parque Universitario. No solamente se implementaron acciones represivas como el desalojo, sino que, se ha impulsado y patrocinado organizaciones paralelas, con la finalidad de debilitar el movimiento sindical y específicamente a nuestra gloriosa FENTASE.
Pasada la época dictatorial, con la llegada del Toledismo y el régimen aprista gobiernos abiertamente denominados administradores de los grandes intereses económicos de los grupos de poder del país, quienes implementaron dispositivos legales inconstitucionales criminalizando la protesta, restringiendo el derecho de huelga. Nuestra organización emprendió su reacomodo orgánico, librando acciones dignas de lucha y como las huelgas del 2003, 2006, 2007 y 2008, para reivindicar y restablecer el poder adquisitivo de los/as trabajadores/as venida a menos desde hace más de 2 décadas.
¡SIN LUCHAS NO HAY VICTORIAS¡
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jueves, enero 15, 2009
GUIA SINDICAL PARA LA PREVENCION DE RIESGOS PARA LA REPRODUCCION, EL EMBARAZO Y LA LACTANCIA
GUIA SINDICAL PARA LA PREVENCION DE RIESGO PARA LA REPRODUCCION, EL EMBARAZO Y LA LACTANCIA.
http://www.ila.org.pe/publicaciones/docs/guia-maternidad-2da-edicion.pdf
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