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lunes, noviembre 14, 2016

martes, octubre 06, 2015

SEMINARIO REGIMEN CAS Y LA IMPLEMENTACIÒN DEL RÈGIMEN DEL SERVICIO CIVIL.


EL RÉGIMEN CAS Y LA IMPLEMENTACIÒN DEL RÉGIMEN DEL SERVICIO CIVIL, este fue el nombre del Seminario que el pasado 02 de octubre 2015, se realizo en los ambientes del Hemiciclo Raúl Porras Barrenechea del Congreso de la República, en las actividades que tiene la Vice Presidencia del Congreso de la República, por el Dr. MARIANO PORTUGAL CATACORA, en el evento expusieron por los Trabajadores CAS, el Sr. HUGO ANTONIO GALLEGOS VÀSQUEZ, Secretario General del Sindicato Nacional de Integración - SINAIR, Sindicato que agrupa a los Servidores del Régimen CAS de la RENIEC, el cual expuso sobre " El Régimen Especial Laboral de los Contratos Administrativos de Servicios (CAS)- Decreto Legislativo Nº 1057", haciendo uso de su presentación, expuso los aspectos generales de este Régimen, su nacimiento por el TLC con Estados Unidos, asì mismo, los Beneficios que SI otorga el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios (Decreto Legislativo Nº 1057 - CAS), luego los Beneficios que NO otorga el mismo, Problemática General del Regimèn CAS, que se sintetiza en una implantación de una política de flexibilizaciòn laboral en el sector publico, una alta vulnerabilidad de los derechos laborales, precariedad extrema y un gran desorden normativo.Luego expuso sobre el REGIMEN CAS y SU IMPLEMENTACIÒN DENTRO DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL -LEY Nº 30057, sobre los procesos evaluativos que pudieran no ser objetivos sino subjetivos por parte del empleador con el consecuente despido laboral. igualmente habló sobre la realidad del Trabajador del CAS en el RENIEC, siendo sus conclusiones la afectación del CAS para miles de trabajadores en un año de servicios, no se reconocen derechos económicos, recorte de negociación colectiva, despidos masivos como en los 90, con la consecuente que solo se contrate a trabajadores de un partido político especifico, finalmente considera que la Ley del Servicio Civil, debe tener modificaciones sustantivas en varios aspectos y que sobre todo se considere para ello la opinión de las organizaciones sindicales. Luego tomó el uso de la palabra el Sr. Secretario Colegiado de la CITE - Confederación Intersectorial de Trabajadores Estatales - Sr. Winston Huaman Enriquez, sobre el tema: El SERVICIO CIVIL Y LOS TRABAJADORES PÚLICOS, presentando su disertación, lo que ha sido la ley hasta el dìa de hoy, que era una ley, que si, efectivamente iba a despedir a trabajadores estatales, por medio de exámenes como se hizo en los 90. Luego lo hicieron los Sres. Dr. Juan Carlos Cortez Carcelén, Presidente Ejecutivo de SERVIR, para él, los despidos no se van a dar, se esta haciendo pilotos con algunas entidades estatales para mejorar la administración pública. El Sr. Dr. Guillermo Miranda Hurtado, sobre las atribuciones y funciones del Tribunal del Servicio Civil, El Sr. Julio Haro Carranza, Secretario Técnico de la Comisión de Trabajo del Congreso de la República sobre los Impactos de la autonomías de las entidades y en los derechos fundamentales de los Servidores públicos,clausuró el evento el Sr.Octavio Salazar.

sábado, diciembre 28, 2013

FENTASE: DECRETO SUPREMO Nº 326-2013-EF Y ANEXO N°2


COMPAÑEROS/AS EL DÍA JUEVES 19 DICIEMBRE 2013, SE PUBLICO EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO EL D.S. Nº 326-2013-ED, QUE ESTABLECE LA TRANSFERENCIA DE PARTIDAS A FAVOR DE LOS DIFERENTES PLIEGOS DE LOS GOBIERNOS NACIONAL, REGIONAL Y LOCAL, POR EL MONTO DE s/. 331 000 000 MILLONES DE SOLES PARA EL PAGO DEL D.U. Nº 037-94, A LOS BENEFICIARIOS QUE CUENTEN CON SENTENCIA JUDICIAL EN CALIDAD DE COSA JUZGADA E INFORMADOS AL MEF HASTA EL 31 DE OCTUBRE DEL 2013. TRABAJO CON LA UNIDAD DE PRESUPUESTO DE LA SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN MEDIANTE EL INFORME PARA QUE SE TRANSFIERA A FAVOR DE LOS GOBIERNOS REGIONALES, CON CARGO AL PRESUPUESTO DEL PLIEGO 010, TRABAJO DE LA MESA DE TRATO DIRECTO MED - FENTASE, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ENDEUDAMIENTO Y TESORO PUBLICO DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS. ATENTAMENTE, COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL CEN - FENTASE BLOG FENTASE: http://fentaseperu.blogspot.com/

jueves, septiembre 26, 2013

FENTASE: RATIFICAMOS PARO NACIONAL 26 DE SETIEMBRE 2013


DIRECTIVA FENTASE SOBRE EL PARO DEL 26 DE SETIEMBRE 2013.


COMPAÑEROS/AS; Las centrales estatales CITE, CTE y UNASSE, continúan en el esfuerzo de DEFENDER JUNTOS LA ESTABILIDAD LABORAL, por que somos conscientes que solo la acumulación de fuerzas es la única posibilidad de derrotar al gobierno en su pretensión de despedir a los trabajadores con el argumento de la meritocracia y la eficiencia, desconociendo totalmente los derechos adquiridos. En el escenario en el que nos encontramos ya no solo luchamos para derrotar la del Servicio Civil, sino que estamos luchando por evitar que este régimen siga profundizando la política neoliberal impuesta por el FMI Y EL Banco Mundial de Desarrollo. La Asamblea Estatal del 21 de setiembre del 2013, en el contexto del dialogo PCM-CENTRALES, concluyó en respaldar la Iniciativa Legislativa presentada por las centrales sindicales, con la cual se pretende derogar los artículos lesivos a los derechos e intereses, pero para que esto sea objetivo, se requiere del esfuerzo de lucha de todos/as. No pretendemos caer en el simplismo de algunos compañeros que por cuestiones de enfoque manejan dos discursos, en uno piden la derogatoria total de ley y en otra la derogatoria y/o modificatoria de los artículos mas perniciosos; es necesario estar preparados, para las acciones que se vienen, seguramente serán mucho mas difíciles, pero no tenemos otro instrumento con el cual enfrentar al gobierno. VIVA EL PARO NACIONAL CIVICO POPULAR del 26 de setiembre del 2013……. VIVA LA FENTASE. COMITE EJECUTIVO NACIONAL CEN FENTASE.

PROPUESTA QUE PRESENTAN LAS CENTRALES SINDICALES DEL PERÚ SOBRE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL


sábado, febrero 16, 2013

lunes, diciembre 31, 2012

ANEXOS DEL D.S. N° 282 TRANSFERENCIA PARA EL PAGO D.U. N° 037-94


Compañeros y compañeras: Les enviamos los anexos de transferencia de partida para el pago del D.U. Nº 037-94; estos realizara de acuerdo a lo establecido y en el marco del presente año tomar en cuenta el respectivo sera en aquellos beneficiarios que se encuentren en calidad de cosa juzgada y con información al MEF, hasta el 31 de Octubre del presente año. atentamente, CEN FENTASE Prensa