DIRECTIVA Nº 019-CEN-FENTASE – 2008
I. ASPECTOS GENERALES:
El Comité Ejecutivo Nacional a través de la presente Directiva, establece los criterios y el procedimiento para promover y viabilizar los descuentos de los aportes Ordinarios y Extraordinarios de todas las bases a nivel nacional.
II. BASE LEGAL:
1. R.M. N° 1583-90-ED – Convenio colectivo MED-FENTASE
2. D.S. N° 10-2003-TR
3. Estatuto de la FENTASE
4. XII Congreso Nacional Ordinario
5. Asamblea Nacional
III. OBJETIVOS:
La presente Directiva tiene por objeto establecer y reiterar en concordancia con los dispositivos legales vigentes, el procedimiento para implementar los descuentos sindicales de todas las Bases a nivel nacional a través del Casillero - FENTASE, para su correcta utilización en cumplimiento de los acuerdos Congresales, Asambleas Nacionales y Estatutarios, canalizando obligatoriamente los porcentajes que corresponden: 70% para el sindicato Base, 20% para el CEN-FENTASE y el 10% para las Federaciones Regionales.
IV ALCANCE:
- Comité Ejecutivo Nacional
- Comité Ejecutivo Regional y/o Departamental
- Bases a nivel nacional
V. DISPOSICION:
UNICA.- Se dispone que los Secretarios Generales de todas las Bases a nivel nacional, cumplan los mandatos Estatutarios de manera orgánica y obligatoria informando al CEN-FENTASE, la situación real sobre los descuentos Sindicales a través del Casillero FENTASE y de ser el caso, especificar la problemática que impide dicha ejecución.
COMUNICACIÓN:
- FENTASE : Telf. 01/4262879
- Secretario General : Cel. 01/999002122
Lima, 28 de Agosto del 2008
COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
CEN - FENTASE
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