DIRECTIVA Nº 020-CEN-FENTASE – 2008
I. ASPECTOS GENERALES:
La presente Directiva, tiende a generar la motivación para iniciar las acciones que agoten la vía administrativa ante la jurisdicción pertinente para reclamar el derecho del 1% del IGV, dispuesto por el D.S. N° 261-91-EF, que otorga el Estado a los Trabajadores docentes y no docentes, activos y cesantes.
II. BASE LEGAL:
1. D.S. N° 261-91-EF
III. OBJETIVOS:
Formular las acciones pertinentes, en forma individual, grupal o a nivel de base, preservando los principios de unidad y solidaridad que conlleve al fortalecimiento de los sindicatos, descartando actos de oportunismo y aprovechamiento indebido de la voluntad y la confianza de los trabajadores. Asimismo, coadyuvar, y orientar y preservar con buen criterio la economía de los trabajadores al contratar los servicios del/los letrados.
IV ALCANCE:
- Comité Ejecutivo Nacional
- Comité Ejecutivo Regional y/o Departamental
- Bases a nivel nacional
V. FUNDAMENTO:
Cabe recordar a todos los afiliados a nivel nacional que la FENTASE, en su Pliego de Reclamos del 2007, y ratificado en el Pliego del 2008, solicitó formalmente al MED, la actualización del 1% IGV. Este porcentaje por la recaudación del 17% que recaudaba el Estado a setiembre de 1991, correspondió S/ 17.25 a cada uno de los trabajadores. A la fecha, pese haberse incrementado la recaudación tanto en mayor volumen de captación como en el nivel porcentual al 18 y 19%, no se ha incrementado en la misma proporcionalidad. Situación que se ha constituido en incumplimiento por parte del gobierno, ameritando ejecutarlo judicialmente. Es necesario precisar que este punto, también se viene tratando en el contexto de la Comisión de Trato Directo MED-FENTASE. Pero, al haberse proliferado de manera confusa e inadecuada por personas de otros gremios pretendiendo ganar protagonismo, ha hecho variar la dinámica y estrategia de ejecución. Todos sabemos que el Poder Judicial está fuertemente influenciado por el poder político, lo que el proceso se tornaría un tanto engorroso y difícil, pero que tampoco podemos dejar de hacerlo.
VI. DISPOSICION:
Se dispone a todas las bases del país, utilizando los mejores mecanismos viabilicen las acciones para la ejecución de lo dispuesto por el D.S. N° 261-91-EF.
- FENTASE : Telf. 01/4262879
- Secretario General : Cel. 01/999002122
Lima, 18 de Setiembre del 2008
COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
CEN - FENTASE
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