Estimados compañeros y compañeras:
¿Ahora con la norma en mano (D:S: 243-2011-EF y anexos) que debemos hacer como dirigentes?
1. Contrastar la deuda total de pago pendiente a la fecha con el monto transferido, se existir una diferencia, que esta sea destinada para el pago de los intereses legales de ser el caso o el pago de la continua para a quellos compañeros que teniendo sentencia aun no perciben dicho beneficio
2. Que, los compañeros que obtivieron senetencias al mes de octubre del 2011 y que este validado con una Resolucuon Ejecutiva Regional y elevada a Economia y Finanzas ingresen a los montos transferidos
3. Lo cierto es que revisando los montos, es mas seguro que en la mayoria de las regiones los devengados se pagaran al 100%
4. Estar vigilantes que los montos transferidos para este conpeto sean exclusivo para ello, no permitir que modifiquen y trasfieran a otras genericas de gasto (otros conceptos por ejemplo gratificaciones por 20.25 o 30 años o luto y sepelio), como dice la propia norma de manera expresa en su art. 10º bajo responsabilidad no pdran ser destinados a otros fines para los cuales se transfirieron.
¿CUAL ES EL PROCEDIEMIENTO QUE DEBEN REALIZAR LAS UNIDADES EJECUTORAS Y LOS PLIEGOS PRESUPUESTALES (Gobiernos Regionales)?
1. Preparar la Resolucion de aceptacion de transferencias de partidas
2. Registrar la nota de modificacion presupuestal de Transferencia de Partidas
3. Registra la solicitud de ampliacion de la PCA (debe ser exclusiva para este concepto y asi poder identificarla y aprobarla rapidamente, solamente Recursos Ordinarios y generica 5)
4. Solicitar la ampliacion del calendario de pagos (Tesoro Publico)
5. Comprometer y devengar con las Resoluciones que reconoce el derecho a los trabajadores
LES DESEO UN AÑO NUEVO DE MUCHA PROSPERIDAD, QUE NUESTROS ESFUERZOS POR MAS PEQUEÑOS QUE SEAN CONTRIBUYAN A CONSTRUIR UN MUNDO MAS JUSTO, UN SINDICATO MAS SOLIDARIO, MAS UNIDO, MAS INSTITUCIONAL QUE PERSONAL
Son los deseos de
Evelin N. Cavero Contreras
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sábado, diciembre 31, 2011
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