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viernes, noviembre 27, 2015

EXITOSA HUELGA DE LA FENTASE - D.S. N°331-2015-EF.


Compañeros/as: Producto de la Huelga Nacional Indefinida el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Decreto Supremo N°331-2015-EF; Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor de diversas entidades públicas y aprueban criterios y procedimientos complementarios en el marco de la Primera y Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. CEN - FENTASE

martes, octubre 06, 2015

SEMINARIO REGIMEN CAS Y LA IMPLEMENTACIÒN DEL RÈGIMEN DEL SERVICIO CIVIL.


EL RÉGIMEN CAS Y LA IMPLEMENTACIÒN DEL RÉGIMEN DEL SERVICIO CIVIL, este fue el nombre del Seminario que el pasado 02 de octubre 2015, se realizo en los ambientes del Hemiciclo Raúl Porras Barrenechea del Congreso de la República, en las actividades que tiene la Vice Presidencia del Congreso de la República, por el Dr. MARIANO PORTUGAL CATACORA, en el evento expusieron por los Trabajadores CAS, el Sr. HUGO ANTONIO GALLEGOS VÀSQUEZ, Secretario General del Sindicato Nacional de Integración - SINAIR, Sindicato que agrupa a los Servidores del Régimen CAS de la RENIEC, el cual expuso sobre " El Régimen Especial Laboral de los Contratos Administrativos de Servicios (CAS)- Decreto Legislativo Nº 1057", haciendo uso de su presentación, expuso los aspectos generales de este Régimen, su nacimiento por el TLC con Estados Unidos, asì mismo, los Beneficios que SI otorga el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios (Decreto Legislativo Nº 1057 - CAS), luego los Beneficios que NO otorga el mismo, Problemática General del Regimèn CAS, que se sintetiza en una implantación de una política de flexibilizaciòn laboral en el sector publico, una alta vulnerabilidad de los derechos laborales, precariedad extrema y un gran desorden normativo.Luego expuso sobre el REGIMEN CAS y SU IMPLEMENTACIÒN DENTRO DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL -LEY Nº 30057, sobre los procesos evaluativos que pudieran no ser objetivos sino subjetivos por parte del empleador con el consecuente despido laboral. igualmente habló sobre la realidad del Trabajador del CAS en el RENIEC, siendo sus conclusiones la afectación del CAS para miles de trabajadores en un año de servicios, no se reconocen derechos económicos, recorte de negociación colectiva, despidos masivos como en los 90, con la consecuente que solo se contrate a trabajadores de un partido político especifico, finalmente considera que la Ley del Servicio Civil, debe tener modificaciones sustantivas en varios aspectos y que sobre todo se considere para ello la opinión de las organizaciones sindicales. Luego tomó el uso de la palabra el Sr. Secretario Colegiado de la CITE - Confederación Intersectorial de Trabajadores Estatales - Sr. Winston Huaman Enriquez, sobre el tema: El SERVICIO CIVIL Y LOS TRABAJADORES PÚLICOS, presentando su disertación, lo que ha sido la ley hasta el dìa de hoy, que era una ley, que si, efectivamente iba a despedir a trabajadores estatales, por medio de exámenes como se hizo en los 90. Luego lo hicieron los Sres. Dr. Juan Carlos Cortez Carcelén, Presidente Ejecutivo de SERVIR, para él, los despidos no se van a dar, se esta haciendo pilotos con algunas entidades estatales para mejorar la administración pública. El Sr. Dr. Guillermo Miranda Hurtado, sobre las atribuciones y funciones del Tribunal del Servicio Civil, El Sr. Julio Haro Carranza, Secretario Técnico de la Comisión de Trabajo del Congreso de la República sobre los Impactos de la autonomías de las entidades y en los derechos fundamentales de los Servidores públicos,clausuró el evento el Sr.Octavio Salazar.

jueves, septiembre 24, 2015

INICIATIVA LEGISLATIVA D.U. 037-94 URGENTE A TODAS LAS BASES.


Cusco, 19 de Setiembre del 2015. Compañeros/as: En el presente correo envió una iniciativa Legislativa LEY QUE MANTIENE VIGENTE EL DECRETO DE URGENCIA N° 051-2007 QUE CREÓ EL "FONDO DU N° 037-94" este Proyecto debe correr a través de los Secretarios Generales de las Diferentes Bases del País, en vista que nos adeuda los devengados como los intereses, ya que el FONDO DEL DU. 037 HA SIDO LIQUIDADO AL 31-07-2015, por lo tanto el MEF no trasferirá dinero alguno para la conclusión del pago por este concepto y esta es la forma de presionar al congreso como al MEF para que pueda destinar fondos y al mismo tiempo proseguir la continuidad del fondo para los siguientes años: Compañeros/as envió para que el en cada Región a través de los Gobernadores Regionales se pronuncien y al mismo tiempo puedan redactar cartas a los congresistas de las regiones de vuestra jurisdicción y de esta manera lograr este objetivo por que se acerca la aprobación de la Ley de Presupuesto para el año 2016. Esperando que este correo tenga la atención de los compañeros y de esta manera podamos ver en la próxima asamblea de la FENTASE el 1°, 2 y 3 de Octubre en Huánuco, al mismo tiempo quisiera que me escriban al este mi correo yo estaré en la ciudad de lima desde el día 21 hasta el 27 de Setiembre posibilitando las firmas de los congresistas de las diferentes bancadas y una reunión con la Presidencia de la Comisión de Presupuesto del Congreso y los Funcionarios del MEF presisamente para sensibilizar y el MEF pueda asignar este año un presupuesto y apruebe la continuidad del fondo del DU 037 como la deuda social. Debo de indicarles que el Sector Salud necesita 815 millones para pagar el DU. 037 y el Sector Educación sin confirmar a nivel nacional mas de 1000 millones esto tiene que ser verificado por el Ministerio de Educación. Esperando noticias al respecto y puedan presionar a vuestros congresistas de las diferentes regiones del país. Walter Cartolin Trigos

miércoles, febrero 11, 2015

MINEDU: NORMAS PARA EL SERVICIO CAS


COMPAÑEROS/AS: TENER PRESENTE QUE MEDIANTE RESOLUCIÓN DE SECRETARIA GENERAL Nº 004-2015-MINEDU; APRUEBAN LA NORMA TÉCNICA DENOMINADA "NORMAS Y CRITERIOS PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL BAJO EL RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS (CAS) EN EL MARCO DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL MODELO DE SERVICIO EDUCATIVO: "JORNADA ESCOLAR COMPLETA PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS DEL NIVEL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA". Atentamente, CEN - FENTASE.

lunes, enero 12, 2015

DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS PARA EL PAGO DE ESCOLARIDAD 2015


Compañeros/as: El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer disposiciones reglamentarias para el Otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad cuyo monto fijado por la Ley Nº 30281 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, corresponde hasta por la suma de CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400,00), la cual se abona, por única vez, en la planilla de pagos del mes de enero de 2015. Atentamente, CEN - FENTASE Prensa http://fentaseperu.blogspot.com/

martes, noviembre 04, 2014

FENDUP: PRONUNCIAMIENTO A LA OPINIÓN PÚBLICA


Queridos Señores Profesores de la Universidad Villarrealina, Universidad Emblemática en la Capital del Perú, la FENDUP ha querido aunarse a ustedes por esa lucha férrea de cada uno de ustedes contra los Rectores Corruptos y los Políticos Corruptos que manipulan las Universidades y muchos de estos políticos las usan como sus cajas chicas de campaña. La FENDUP máximo órgano gremial de la Docencia Universitaria Peruana, tiene como lema "POR UNA UNIVERSIDAD SIN CORRUPCIÓN", en enero del presente año EL PLENO DE DELEGADOS DE LA UNIVERSIDAD PERUANA así lo ACORDÓ, y no vamos a desmayar, no tenemos horario de trabajo para luchar en contra de este flagelo. Felicitamos a los colegas Alicia Jiménez Hermosa, Jorge Vereau, Manuel Arana y otros colegas más que conocemos de su trabajo, su honestidad, su transparencia, su lealtad y su identificación como grandes maestros y estaremos al lado de ellos, y de los colegas que lo acompañan. A nuestros queridos Estudiantes Villarrealinos que luchen por la justicia, la transparencia y la democracia. Saludos. Secretaria de FENDUP. PRONUNCIAMIENTO EXIGIMOS EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY UNIVERSITARIA N° 30220 Al Presidente de la República, al Ministro de Educación, al Ministro de Economía, a la Comisión Organizadora del SUNEDU, al Presidente del Congreso de la República, a la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, al Procurador de Leyes del Congreso de la República, a la comunidad universitaria y al pueblo peruano; El Comité Ejecutivo Nacional de la Federación Nacional de Docentes Universitarios del Perú CEN - FENDUP, Presidido por Nelson Octavio Sifuentes Justiniano, máxima representación gremial de la docencia universitaria pública del país, se dirige a la comunidad universitaria y a la ciudadanía en general, para expresar lo siguiente: Habiendo transcurrido 113 días desde la promulgación de la Ley Universitaria N° 30220 por parte del Poder Ejecutivo, la FENDUP ha venido monitoreando la adecuación e implementación de esta nueva ley en las universidades públicas y el panorama es el siguiente: I. De las 32 universidades públicas institucionalizadas, actualmente 29 han conformado el Comité Electoral Universitario Transitorio y Autónomo (CEUTA), las 3 restantes no han conformado su CEUTA por ser universidades jóvenes con pocos profesores en las categorías de principales y asociados (caso de las universidades UNAM-Moquegua, UNAMAD-Madre de Dios y UNAMBA-Abancay). En algunas universidades las autoridades de turno en su desesperación de quedarse en el poder han cesado a docentes mayores de 70 años con el fin de conformar y manipular su propio CEUTA generando caos, desorden, como es el caso de la UNPRG-Lambayeque en donde docentes opuestos a la corrupta gestión del Rector, de acuerdo a ley conformaron el CEUTA con profesores más antiguos en sus categorías (cesados), hoy reincorporados por mandato judicial (cautelares); este acto ha devenido en la convocatoria de dos Asambleas Estatutarias y la aprobación de 2 Estatutos. Caso similar sucedió en la UNP-Piura y últimamente el Rector APRISTA José María Viaña Pérez (quién pedía CESE POR CAUSAL LÍMITE DE EDAD según Of. N° 321-2003-R-UNFV a su amigo y compañero Francisco Delgado de la Flor B. Pdte. de la ANR) de la UNFV – Lima, y este Rector Abusivo retiene los cheques de la Asociación de docentes más de un año, igualmente el Rector Podrido de Agustín Ramos García retiene los cheques hace 08 meses a la gloriosa FEDURG-Lambayeque, afectando al gremio y sus proveedores, y dejándolos sin Canasta Navideña a los profesores, ya ha sido denunciado por apropiación ilícita ante el Ministerio Público de Lambayeque a cargo del Fiscal Jorge L. Rojas Cruz y quién No formalizo denuncia, pero será quejado ante la JUNTA DE FISCALES. II. En muchas otras universidades como UNMSM, UNI, UNT-Tumbes, UNJBG-Tacna, las autoridades de turno han manoseado la independencia o autonomía del CEUTA condicionando la aprobación de su reglamento y el cronograma de elecciones de la Asamblea Estatutaria intentando alargar los periodos estipulados en la ley con el fin de perpetuarse en el poder, caso muy sui géneris lo sucedido en la UNMSM(Lima) y en la UNSAAC (Cusco) cuyas autoridades de turno aducen que por falta de presupuesto (s/. 10000 mensual para cada integrante) el CEUTA no ha implementado la adecuación de la ley universitaria, sin haberse llevado a cabo la elección de la Asamblea Estatutaria y en otras universidades se están produciendo la renuncia de los integrantes del CEUTA, siendo ellos profesores a fines a las autoridades de turno con el único propósito de dilatar el proceso de adecuación de los nuevos gobiernos universitarios. En suma podemos decir que el 50% de CEUTAs tienen en su conformación a profesores mayores de 70 años y más de la mitad (17) de universidades tienen Asambleas Estatutarias constituidas. III. Por otro lado es necesario mencionar que el Rector de la UNPRG con su falsa asamblea estatutaria ha elaborado su “estatuto” y lo más escandaloso es que ha aprobado un cronograma de elecciones de nuevas autoridades entre agosto y setiembre de 2017, que coincide con el fin de su mandato. Es decir interpretan la ley con la única intención de perpetuarse en el poder para lograr beneficios personales y tapar los altos niveles de corrupción de su gestión y la gestión anterior. Parece ser que este mal ejemplo va a ser copiado en el resto de universidades tal como es la estrategia de la Ex-ANR, de allí la creación de la llamada ASUP (Asociación de Universidades del Perú), el nuevo “Club de amigos de los rectores” CON EL RECTOR APESTADO DE VIAÑA . IV. También notamos lentitud y falta de directivas claras y precisas del Ministerio de Educación sobre la ley 30220, pues han transcurrido más de 90 días de promulgada la ley y aún no se ha conformado la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) que de acuerdo a la ley sería la que pondría fin a este desorden generado justamente por los Rectores pertenecientes a la ASUP cuyo presidente es el mismo que presidió la Ex ANR corrupta y manifestó que la SUNEDU solo se encargará de los grados y títulos y los carnet de los estudiantes y que su ASUP realizará funciones de la Ex ANR, incluso indica que el local de Surco que ocupan les pertenece y por lo tanto hace abuso de autoridad y desacato a la ley convirtiéndose en los actuales desestabilizadores de la adecuación e implementación de la Ley 30220 ante un gobierno con poco carácter y con escasa toma de decisiones. Por la problemática anterior exigimos: 1. Al Sr. Ministro de Educación emitir directivas claras y precisas sobre las disposiciones complementarias transitorias en el proceso de adecuación del gobierno de la universidad pública: Conformación de CEUTAs con docentes más antiguos en sus categorías incluidos los mayores de 70 años, la conformación de las Asambleas Estatutarias en los plazos estipulados para la redacción y aprobación de los estatutos, la designación de las NUEVAS AUTORIDADES de acuerdo al inmediato cronograma y no permitir que las actuales autoridades se perpetúen en el poder, la inmediata aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNEDU y la urgente selección de los integrantes del Primer Consejo Directivo de esta superintendencia. 2. Al Ministerio de Educación que ejerza autoridad en la aplicabilidad de la ley; el tiempo de la adecuación de los gobiernos universitarios ha concluido y en las universidades, las autoridades que no han cumplido y vienen obstaculizando la ley deben ser destituidas y reemplazadas por una terna de profesores principales más antiguos que se encarguen de completar o iniciar el proceso de adecuación de la ley en un plazo máximo de 03 meses, esperando se constituya el SUNEDU. 3. A la Contraloría general de la República que ponga mano dura en las comisiones de acción de control en las universidades públicas porque en la mayoría de ellas hay comprobados hechos de corrupción que han sido denunciados por sus respectivos sindicatos de docentes y estudiantes. 4. Al Congreso de la República, en especial a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República del Perú, que considere con carácter de urgente la HOMOLOGACIÓN DE LOS DOCENTES UNIVERSITARIOS en aplicación del artículo 96 de la Ley Universitaria 30220. 5. Al Gobierno del Presidente Ollanta, al Congreso de la República y al Ministerio de Economía y Finanzas para que tengan en cuenta la HOMOLOGACIÓN de los docentes universitarios con los magistrados del Poder Judicial contemplada en la reciente norma, vinculada a la calidad de la educación universitaria peruana. Finalmente, la FENDUP reafirma el compromiso de seguir luchando por un modelo de universidad de calidad, autoevaluada y acreditada, más competitiva, científica, democrática, inclusiva, humana y respetuosa del medio ambiente, lejos de cualquier modo de corrupción que ponga en riesgo su institucionalidad. ¡POR LA RECUPERACIÓN INMEDIATA DE LA GOBERNABILIDAD Y EL HONOR EN LA UNIVERSIDAD PERUANA! POR UNA UNIVERSIDAD SIN CORRUPCIÓN LEVANTAMIENTO DEL SECRETO BANCARIO A TODAS LAS AUTORIDADES ACTUALES-SALIENTES Y AUDITORIAS CON PERSONAL DE LA CONTRALORÍA DE LA REPÚBLICA. CALIDAD DE ENSEÑANZA CON VERDADERA HOMOLOGACIÓN ¡SIN LUCHAS NO HAY VICTORIAS! ¡UNIDAD PARA LUCHAR, UNIDAD PARA VENCER! CEN – FENDUP elventura_unsch@hotmail.com Presidente P Lima, 01 de Noviembre de 2014